AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 70017 del 14-02-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874140931

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 70017 del 14-02-2018

Sentido del falloINADMITE RECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha14 Febrero 2018
Número de expediente70017
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cúcuta
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAL610-2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Radicación n.° 70017



RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


AL616-2018

Radicación n.° 70017

Acta 05


Bogotá, D.C., catorce (14) de febrero de dos mil dieciocho (2018).


Procede la Sala a pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por el apoderado judicial de la EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS S.A., ECOPETROL S.A., contra la sentencia proferida el 12 de septiembre de 2014 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, dentro del proceso ordinario laboral que le adelantan Armando Parada Ariza, L.H.R., Noel Ángel Ramírez Molina, J.A.R.M., José Bertel Martínez Mahecha, R.Q.P., José Valentín Sanabria Martínez, Luis Alfonso Fiallo Mármol, H.A.R., E.C.M., H.C.R., B.T.R., Maritza Isabel Rúgeles Rincón, J.A.C.D., J.A.G.O., O.P.S., M.S.R.A., José del Carmen Valero Romero y A.B..


ANTECEDENTES


Armando Parada Ariza y otros promovieron proceso ordinario laboral en contra de la Empresa Colombiana de Petróleos S.A., Ecopetrol S.A, con la finalidad de que se declarara la existencia de sendos contratos de trabajo a término indefinido entre las partes, por más de 20 años, y, en consecuencia, la demandada fuera condenada al reconocimiento y pago de las incidencias salariales correspondientes a: el valor pagado por el plan educacional suministrado por ECOPETROL S.A, el salario pagado bajo la figura de «estímulo al ahorro», la alimentación suministrada por la demandada, la tiquetera por alimentación y el derecho a pago de comisariato en dinero. Asimismo, solicitaron el reconocimiento de la mesada catorce (14); el reajuste de las prestaciones sociales; reajuste de las pensiones de jubilación; nivelación salarial e indemnización moratoria, entre otras pretensiones.


El Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cúcuta, en sentencia del 18 de abril de 2012, condenó a la demandada a reconocer y pagar a A.P.A. y Jaime Alberto Rodríguez Morantes, las incidencias salariales por concepto de plan educacional y estímulo al ahorro; mesada catorce (14); reliquidación de las prestaciones sociales; reajuste de las pensiones de jubilación e indemnización moratoria. A favor de N.Á.R.M. las incidencias salariales por concepto de plan educacional y estímulo al ahorro; reliquidación de las prestaciones sociales; e indemnización moratoria. A L.H.R...

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