AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 70109 del 28-02-2018
Sentido del fallo | DECLARA MAL DENEGADO RECURSO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | AL1013-2018 |
Fecha | 28 Febrero 2018 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Medellín |
Tipo de proceso | RECURSO DE QUEJA |
Número de expediente | 70109 |
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
Magistrado ponente
AL1013-2018
Radicación n.° 70109
Acta 07
Bogotá, D. C., veintiocho (28) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
Decide la Sala el recurso de queja que interpuso el apoderado de la parte demandada contra el auto proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín, el 21 de octubre de 2014, mediante el cual negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida el 15 de septiembre de 2014, dentro del proceso ordinario laboral promovido por FRANCISCO JAVIER MOLINA ARANGO contra la INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS INDEGA S.A.
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ANTECEDENTES
Francisco Javier Molina Arango demandó a la Industria Nacional de Gaseosas INDEGA S.A., con el fin de que se declarara la existencia de un contrato de trabajo entre las partes, que fue terminado de manera unilateral e injusta por parte de la demandada; la existencia de una sustitución patronal entre las sociedades Inversiones Medellín y Femsa con la Industria Nacional de Gaseosas INDEGA S.A., antes Panamco S.A., propietaria y/o distribuidora de la marca Coca-Cola. En consecuencia, solicitó que fuera condenada a pagaarle de las sumas adeudadas por concepto de horas extras, recargo nocturno, vacaciones, prestaciones sociales, aportes a seguridad social, indemnización moratoria, sanción por no entregar dotación de vestido y calzado de labor, sanción por no consignación de la cesantía, indemnización por despido injusto e indexación. Adicionalmente, reclamó el reconocimiento y pago de la pensión de vejez por cuenta de la demandada, dada la falta de cotización al sistema de seguridad social integral.
Por medio de sentencia de 28 de septiembre de 2012, el Juzgado Quince Laboral de Descongestión del Circuito de Medellín absolvió a la demandada de todas las pretensiones formuladas en su contra.
El Tribunal Superior de Medellín, en providencia de 15 de septiembre de 2014, al resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, condenó a la Industria Nacional de Gaseosas INDEGA S.A a reconocer y pagar a favor del demandante las siguientes sumas: $5.262.761 por concepto de auxilio de cesantía; $74.586 por intereses de cesantía; $583.315 por prima de servicios; $376.060 por vacaciones; $9.041.410 por indemnización por despido injusto, y ordenó: «trasladar a la AFP que elija el demandante el valor de los aportes a...
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