AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2017-00053-00 del 29-03-2017
Sentido del fallo | DIRIME CONFLICTO DE COMPETENCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL |
Fecha | 29 Marzo 2017 |
Número de expediente | 11001-02-03-000-2017-00053-00 |
Tipo de proceso | CONFLICTO DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AC-2007-2017 |
AC2007-2017
Radicación n.° 11001-02-03-000-2017-00053-00
Bogotá, D.C., veintinueve (29) de marzo de dos mil diecisiete (2017).
Decide la Corte el conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Treinta y Ocho Civil del Circuito de Bogotá y el Despacho de similar categoría y especialidad Ramiriquí, con ocasión del conocimiento de la demanda de adjudicación o realización especial de la garantía real presentada por Rigoberto Cano Arandia contra T.E.S.A..
- ANTECEDENTES
Señaló en el acápite sobre competencia, que la misma estaba dada «por la cuantía de la acción que estimo en doscientos millones de pesos (200.000.000) y el domicilio del demandado».
Contra la anterior determinación el accionante presentó recurso de reposición y subsidiariamente de apelación, los cuales no tuvieron acogida. En consecuencia, se cumplió la remisión ordenada.
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CONSIDERACIONES
1. Compete a la Corte, mediante pronunciamiento del Magistrado Sustanciador, definir el presente asunto por cuanto involucra a dos despachos de diferentes distritos judiciales; ello, según lo dispuesto en los artículos 16 y 18 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con los preceptos 35 y 139 del Código General del Proceso.
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