AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 1 nº 72414 del 20-04-2021
Sentido del fallo | DECLARA IMPROCEDENTE RECURSO / DEVUELVE EXPEDIENTE |
Emisor | SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 1 |
Número de sentencia | AL1598-2021 |
Número de expediente | 72414 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Bogotá |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Fecha | 20 Abril 2021 |
OLGA YINETH MERCHÁN CALDERÓN
Magistrada ponente
AL1598-2021
Radicación n.° 72414
Acta 13
Bogotá, D.C., veinte (20) de abril de dos mil veintiuno (2021).
Sería del caso resolver el recurso de casación interpuesto por el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN hoy FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. – FIDUAGRARIA S.A. como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES ISS EN LIQUIDACIÓN contra la sentencia proferida por la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 16 de junio de 2015, en el proceso ordinario laboral que instauró MYRIAM FIGUEREDO MAZO en contra de la recurrente, sino fuera porque se advierte la existencia de una causal de nulidad insubsanable, que impide continuar la actuación ante esta corporación.
I.ANTECEDENTES
Myriam Figueredo Mazo demandó al Instituto de los Seguros Sociales en liquidación, con el fin de que se declare la existencia de un contrato de trabajo desde el 3 de octubre de 2007 hasta el 30 de noviembre de 2012, que se ordene su reintegro o en subsidio de aquel la indemnización por despido convencional o legal, el auxilio de cesantías y sus intereses, la indemnización moratoria, las vacaciones y su prima, las primas de servicios, las primas de navidad, los «incrementos por servicios» así como las primas técnicas convencionales.
Así mismo, imploró el pago del valor de los aportes que al sistema de seguridad social le correspondía efectuar al ISS y que la actora cubrió en su totalidad de su patrimonio, la nivelación salarial con los profesionales universitarios especializados vinculados a la entidad mediante contrato de trabajo o en su subsidio el incremento salarial reconocido para los trabajadores oficiales de la entidad para los años 2010 a 2012, la indexación de las condenas y las costas del proceso.
Concluido el trámite de primera instancia, el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá, mediante fallo del 25 de agosto de 2014, decidió:
PRIMERO: DECLARAR la existencia de dos contratos de trabajo entre la demandante la ciudadana M.F.M., que se identifica con la cédula de ciudadanía No. 35.469.689 y el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN cuya vigencia fue del 3 de octubre de 2007 al 30 de abril del año 2009 y el segundo del 27 de mayo del año 2009 al 30 de noviembre del año 2012, en consecuencia y de conformidad con lo expuesto en la parte motiva, condenar a...
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