AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº HC 00057 del 22-11-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA HÁBEAS CORPUS |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | AHL5483-2021 |
Fecha | 22 Noviembre 2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia - Laboral de Valledupar |
Tipo de proceso | HÁBEAS CORPUS |
Número de expediente | HC 00057 |
F. CASTILLO CADENA
Magistrado ponente
IMPUGNACIÓN HABEAS CORPUS
AHL5483-2021
Radicación n.° 00057
Bogotá, D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
De conformidad con lo previsto en el artículo 7.º de la Ley 1095 de 2006, se resuelve la impugnación interpuesta contra la providencia de 10 de noviembre de 2021, proferida por un magistrado de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, que negó el amparo de Habeas Corpus solicitado a favor de JHON JAIRO GARCÍA GUERRA.
I. ANTECEDENTES
Teniendo en cuenta lo señalado en el escrito primigenio de la presente acción constitucional y de la documentación allegada al plenario, se tiene que, mediante sentencia del 11 de febrero de 2019, el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, condenó al actor a 16 meses de prisión por el delito de violencia contra servidor público.
Posteriormente, el 21 de mayo de 2019, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar, avocó conocimiento de la causa penal fallada previamente.
El actor señaló que había superado el máximo de la pena impuesta en su contra, toda vez que había permanecido 29 meses en prisión, por lo que, a su forma de ver, tanto el juzgado encargado de la ejecución de su condena como el director del establecimiento penitenciario, lo mantienen privado de la libertad sin ninguna justificación.
Finalmente, aseguró que el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar le otorgó el sustituto de la prisión domiciliaria, beneficio que quedó congelado por tener otra pena privativa de la libertad, la cual ya fue purgada y, dichas autoridades judiciales, no tomaron una decisión para resolver su libertad inmediata y concederle el beneficio referido.
Por lo anterior, expuso que existe una detención ilegal razón por la cual hace procedente el amparo constitucional por esta vía.
II. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA
Por auto de 9 de noviembre de 2021, un magistrado de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar asumió el conocimiento del habeas corpus y vinculó al Centro de Servicios de los Juzgados Penales y al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad ambos de la misma ciudad.
En su momento, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar contó que Jhon Jairo García Guerra está privado de la libertad desde el 15 de diciembre de...
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