AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119799 del 19-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878626636

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119799 del 19-10-2021

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaATP1594-2021
Número de expedienteT 119799
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bucaramanga
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha19 Octubre 2021






PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponente ATP1594-2021 Radicación n°. 119799 Acta N° 273



Bogotá, D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021).



ASUNTO


Sería del caso resolver la impugnación instaurada por JOHAN GABRIEL LEÓN FONTECHA contra el fallo proferido el 16 de septiembre de 2021 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, mediante el cual negó el amparo de tutela formulado contra la Dirección Seccional de Fiscalías de Santander, si no fuera porque se observa una indebida notificación del auto que avocó conocimiento y por contera un defecto en la integración del contradictorio por pasiva, vicio de nulidad insubsanable en el trámite del proceso constitucional.

ANTECEDENTES


1. Refirió el accionante que el 5 de agosto de 2021 envío por correo electrónico un derecho de petición a la Dirección Seccional de Fiscalías de Santander, con el propósito de obtener información sobre la denuncia que presentó por amenazas recibidas mientras laboró en la ciudad de Barrancabermeja.


Adujo que el término con que contaba la entidad accionada para atender su solicitud se encuentra superado, por lo que acude al juez de tutela a efectos de que ordene emitir un pronunciamiento de fondo.


2. Con auto de 2 de septiembre de 2021 la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga avocó conocimiento de la demanda y corrió traslado a la Dirección Seccional de Fiscalías de Santander y a la Subdirección de Gestión Documental y Grupo de Peticiones, Quejas Reclamos y Sugerencias –PQRS- de la Fiscalía General de la Nación. La notificación del referido auto a ambas entidades se envió al correo electrónico juridicanotificacionestutela@fiscalia.gov.co.


3. Durante el trámite de traslado de la tutela únicamente se pronunció la Subdirección de Gestión Documental de la Fiscalía General de la Nación – Nivel Central, quien indicó no tener solicitudes pendientes por resolver a nombre de JOHAN GABRIEL LEÓN FONTECHA


FALLO IMPUGNADO


Mediante fallo de 16 de septiembre de 2021, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga negó el amparo constitucional reclamado luego de considerar que a la fecha de la decisión no se había vencido el término con que contaba la fiscalía para resolver la petición.


Resaltó que, en el marco de la emergencia sanitaria generada por el virus Covid-19, los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 para responder...

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