AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 127133 del 08-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 916695369

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 127133 del 08-11-2022

Sentido del falloACEPTA IMPEDIMENTO - DECLARA FUNDADO
EmisorSala de Casación Penal
Fecha08 Noviembre 2022
Número de expedienteT 127133
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Número de sentenciaATP1646-2022





DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN

Magistrado ponente


ATP1646-2022

Radicación n° 127133

Acta 261.


Bogotá, D.C., ocho (8) de noviembre de dos mil veintidós (2022).


ASUNTO


Resolver la manifestación de impedimento del Magistrado G.C.C., exteriorizada en la presente tutela interpuesta por Carlos Alberto Contreras López en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga y el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Barrancabermeja. Igualmente, resolver sobre su admisión, en caso de accederse a lo primero.


ANTECEDENTES


Dentro del proceso penal con radicado 68081-6000-135-2009-00093, el 10 de junio de 2016, el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Barrancabermeja declaró penalmente responsable a Carlos Alberto Contreras López, como coautor del delito de peculado por apropiación en favor de terceros en concurso homogéneo -como Alcalde Municipal de Barrancabermeja y con respecto a L.C.G., asesora jurídica del municipio- a la pena de 60 meses de prisión, a la accesoria de inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y a multa de $869.551.


Con ocasión del recurso de apelación interpuesto por la defensa, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, en decisión de 15 de noviembre de 2017, revocó parcialmente la decisión de primer grado, en el sentido de eliminar el concurso homogéneo y sucesivo y, en consecuencia, modificó las sanciones de prisión, la accesoria de inhabilidad y la multa, reduciéndolas en 40 meses y $153.450.


Contra esa determinación, la defensa interpuso recurso extraordinario de casación. La Sala de Casación Penal, mediante providencia CSJ AP3080-2020, rad. 52270, 18 nov. 2020, inadmitió la demanda. Igualmente, la defensa presentó recurso de insistencia ante la Procuraduría General de la Nación, la cual negó esa solicitud el 14 de enero de 2021.


El actor en pretérita oportunidad presentó acción de tutela en contra de dichas providencias a fin de que se admitiera el recurso extraordinario. Sin embargo, la Sala de Casación Civil en decisión de 8 de abril de 2021, negó el amparo tras encontrar razonable la inadmisión de la demanda. En contra de esa sentencia el actor elevó impugnación que fue resuelta por la homóloga Sala Laboral que finalmente confirmó la decisión el 19 de mayo de 2021 (STL5769-2021).


Ahora, Carlos Alberto Contreras López promueve acción de tutela contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga y el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Barrancabermeja, con el objeto de cuestionar los fallos de segunda y primera instancia emitidos al interior del proceso penal seguido en disfavor suyo.



MANIFESTACIÓN DE IMPEDIMENTO


El Magistrado Gerson Chaverra Castro consideró que debía apartarse del conocimiento de este caso de conformidad con el numeral 6º del artículo 56 de la Ley 906 de 20041. Pues, aduce que como Magistrado de esta Sala intervino en la decisión AP3080-2020, de 18 de noviembre, rad. 52270, a través de la cual fue inadmitida el recurso extraordinario de casación impetrado por la defensa de Carlos Alberto Contreras López.


Consideró que su...

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