AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 95496 del 01-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 931033692

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 95496 del 01-03-2023

Sentido del falloACEPTA TRANSACCIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha01 Marzo 2023
Número de expediente95496
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAL804-2023
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

FERNANDO CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


AL804-2023

Radicación n.° 95496

Acta 7


Bogotá, D.C., primero (1) de marzo de dos mil veintitrés (2023).


Se pronuncia la Sala sobre el acuerdo de transacción presentado por el apoderado del demandante LUIS EDUARDO CUELLO GONZÁLEZ con el apoderado de la sociedad TRANS INHERCOR X TIX S.A., dentro del proceso adelantado por aquél.


I. ANTECEDENTES


Luis Eduardo Cuello González promovió proceso ordinario laboral en contra de Trans Inhercor X Tix S.A. y de forma solidaria Contra Oxígenos de Colombia Ltda. -Oxicol-, para que se declarara que entre las partes existió un contrato de trabajo a término indefinido desde el 22 de junio de 2007 hasta el 08 de septiembre de 2016, el cual terminó sin justa causa; que desempeñó el cargo de conductor de cisterna de tracto camiones, que trasportaba productos hacia Oxicol Ltda., y que el servicio fue desarrollado en forma conjunta a las dos demandadas.


Solicitó que se le reconociera y pagara: el valor de las horas extras, recargos, reajustes o reliquidación de salarios, el auxilio de transporte el cual debería tenerse en cuenta como factor salarial, la reliquidación de auxilio de cesantías e intereses, prima de servicios y de vacaciones, el valor de las deducciones y retenciones ilegales efectuadas durante el desarrollo del contrato, la indemnización por despido sin justa causa, por no pago de salarios y prestaciones y, por no consignación de las cesantías, todo ello teniendo en cuenta el verdadero salario promedio mensual que debió devengar, lo extra o ultra petita y las costas y agencias en derecho.


Por sentencia del 23 de octubre de 2018, el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Barranquilla, resolvió:


1) DECLARAR, no probadas parcialmente las excepciones de mérito inexistencia de la obligación y cobro de lo no debido propuestas por la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., por lo antes expuesto.


2) En consecuencia, CONDÉNESE, a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A, a reconocer y pagar al demandante LUIS EDUARDO CUELLO GONZALEZ, reliquidación de sus prestaciones sociales cesantías, intereses de cesantías, primas de servicios. así como la reliquidación de sus vacaciones incluido como factor salarial kilómetros recorridos en la forma antes señalada.


3) DECLARAR, probada parcialmente la excepción de prescripción propuesta por la parte demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., respecto de la prestación social prima de servicios correspondiente al año 2013.


4) En consecuencia de lo anterior, CONDÉNESE, a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., a reconocer y pagar al demandante LUIS EDUARDO CUELLO GONZALEZ, las siguientes sumas: por concepto de reliquidación de prestaciones sociales, cesantías, intereses de cesantías y primas de servicio y por concepto de reliquidación de vacaciones correspondientes al año 2013, 2014 y 2015, la suma de $7.270.166,00, en la forma como antes se discriminó.


5) DECLARAR, que la terminación del contrato de trabajo del demandante fue sin justa causa, y en consecuencia CONDÉNESE, a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., a reconocer y pagar al demandante por concepto de indemnización por despido injusto establecida en el artículo 64 del C.S.T., la suma de $16.199.154,47, liquidada como fecha de inicio del contrato 22 de junio de 2007, hasta el 07 de septiembre de 2016.


6) DECLARAR, no probada la excepción propuesta por la parte demandad TRANS INHERCOR X TIX S.A., y en consecuencia CONDENARLO a reconocer y pagar las siguientes indemnizaciones: por concepto de indemnización por falta de pago completo de prestaciones sociales y vacaciones a la terminación del contrato de trabajo conforme al artículo 65 del C.S.T., por los primeros 24 meses la suma de $60.018.480,00, más los intereses moratorias a partir del mes 25 que se causen hasta que se produzca el cumplimiento de la obligación, y por concepto de sanción moratoria prevista en el artículo 99 de la Ley 50 de 1990, la suma total liquidada por concepto de la falta de consignación completa de la cesantía, en el respectivo fondo de los años 2013, 2014 y 2015, en la suma de $54.821.505,00.


7) CONDÉNESE, a la indexación de las sumas por concepto de indemnización por despido injusto y de vacaciones a que fueron condenadas en este proceso y ABSUÉLVASE de la indexación de las demás pretensiones solicitadas por la parte demandante y a que fueron condenadas por su improcedencia. 8) ABSUÉLVASE, a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., de las condenas reclamadas por concepto de declaración de ineficacia […]


Las partes apelaron y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial Barranquilla, el 31 de mayo de 2022, consideró:


PRIMERO: MODIFICAR el numeral segundo de la sentencia proferida por el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Barranquilla, el 23 de octubre de 2018, en el sentido de CONDENAR a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., a reconocer y pagar al demandante L.E.C.G., reliquidación de sus prestaciones sociales cesantías, intereses de cesantías, primas de servicios y vacaciones, incluido como factor salarial kilómetros recorridos, auxilio de movilización y auxilio legal de transporte, de acuerdo con las consideraciones expuestas.


SEGUNDO: MODIFICAR el numeral cuarto de la sentencia proferida por el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Barranquilla, el 23 de octubre de 2018, en el sentido de CONDENAR a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., a reconocer y pagar al demandante L.E.C.G., las siguientes sumas: por concepto de reliquidación de prestaciones sociales, cesantías, intereses de cesantías, primas de servicio y vacaciones correspondientes al año 2013, 2014 y 2015, la suma de $17.419.994,00, de acuerdo con las consideraciones expuestas.


TERCERO: MODIFICAR el numeral quinto de la sentencia proferida por el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Barranquilla, el 23 de octubre de 2018, en el sentido de DECLARAR, que la terminación del contrato de trabajo del demandante fue sin justa causa, y en consecuencia CONDÉNESE, a la demandada TRANS INHERCOR X TIX S.A., a reconocer y pagar al demandante por concepto de indemnización por despido injusto establecida en el artículo 64 del C.S.T., la suma de $19.176.236,56, liquidada como fecha de inicio del contrato 22 de junio de 2007, hasta el 07 de septiembre de 2016.


CUARTO:...

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