AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 132278 del 01-08-2023
Sentido del fallo | REVOCA SANCIÓN POR DESACATO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | ATP1235-2023 |
Fecha | 01 Agosto 2023 |
Tipo de proceso | GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA |
Número de expediente | T 132278 |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS # 2
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
ATP1235-2023
Radicación 132278
Acta 146
Bogotá, D. C., primero (1°) de agosto de dos mil veintitrés (2023).
VISTOS:
Resuelve la Sala el grado jurisdiccional de consulta respecto de la providencia proferida el 25 de julio de 2023, mediante la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta sancionó a G.I.P.C., Fiscal 6° Seccional de Ciénaga (M., por desacato frente al fallo de tutela del 5 de julio de 2023, que concedió el amparo constitucional a favor de CARLOS POSADA GONZÁLEZ.
ANTECEDENTES RELEVANTES:
1. El 5 de julio de 2023, la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta amparó el derecho fundamental de petición de CARLOS POSADA GONZÁLEZ quien, por esa vía, pidió resolver sobre la solicitud de preclusión por prescripción de la acción penal, en el marco de la investigación que se adelanta en su contra, por los delitos de estafa, abuso de condiciones de inferioridad, infidelidad de los deberes profesionales y fraude procesal, radicado 471896001024201601409.
En consecuencia, ordenó a la Fiscalía 6° Seccional de Ciénaga que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esa providencia, emitiera respuesta de fondo, clara y congruente, conforme lo solicitado por el accionante mediante peticiones del «26 de julio, 29 de agosto, 12 de septiembre, 3 de octubre y 12 de octubre de 2022, 15 de noviembre de 2022, 17 de enero de 2023 [y] 19 de mayo de 2023».
2. Por escrito del 13 de julio de 2023 el incidentante informó al Tribunal que a pesar de haber trascurrido un tiempo necesario para dar cumplimiento a la orden impartida en el referido fallo, la fiscalía, a la fecha, no la ha materializado. Pidió que se ordene a la accionada cumplir el mandato constitucional.
3. Esa petición fue coadyuvada por Drylog S.A.S Astillero y Logístico S.A.S. e Inversiones Santa Teresa P&P S.A.S., víctimas.
4. A través de auto del 14 siguiente, el Tribunal dio apertura al trámite incidental en contra de Gloria Isabel Pabón Cañas, Fiscal 6° Seccional de Ciénaga (M., y le corrió traslado del escrito por el término de dos (2) días, para que ejerciera su derecho de contradicción y defensa y aportara las pruebas que pretendía hacer valer.
5. El 24 de julio de 2023, la Fiscal 6° Seccional de Ciénaga informó que el pasado 17 de julio dio respuesta a las solicitudes presentadas por CARLOS POSADA GONZÁLEZ. En esa oportunidad, le explicó que el proceso se encuentra en etapa de indagación y a la espera de la fijación de fecha para la realización del comité técnico jurídico, con miras a adoptar las decisiones correspondientes. Allegó constancias de envío de esa comunicación.
Por su parte, el director seccional de fiscalías del M. (E) manifestó que atendiendo la orden emitida en el auto de apertura del incidente, requirió a la Fiscal 6° Seccional de Ciénaga para que desplegara las actuaciones encaminadas al cumplimiento del fallo de tutela. Informó,...
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