AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 98657 del 01-11-2023
Sentido del fallo | RECHAZA RECURSO / DECLARA DESIERTO RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | AL3020-2023 |
Fecha | 01 Noviembre 2023 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Número de expediente | 98657 |
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR
Magistrado ponente
AL3020-2023
Radicación n.°98657
Acta 41
Cartagena de Indias, Bolívar, uno (1) de noviembre de dos mil veintitrés (2023).
Se pronuncia la Sala sobre el recurso de reposición interpuesto contra el informe secretarial de 22 de agosto de hogaño, dentro del proceso ordinario laboral adelantado por O.I.A.R. y CAROLINA JARAMILLO ARANGO; OMAR DAVID JARAMILLO GÓMEZ y L.V.J.G. (en calidad de intervinientes ad excludendum), contra COLFONDOS PENSIONES Y CESANTÍAS S.A. y la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A. (como llamamiento en garantía)
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ANTECEDENTES
En virtud del recurso extraordinario de casación presentado por los demandantes, esta Sala lo admitió y ordenó correr traslado a los recurrentes para la sustentación del mismo; el cual inició el 28 de junio de 2023 y terminó el 27 de julio de la misma anualidad.
Por informe secretarial de 22 de agosto de 2023, la secretaría de esta Sala, informó a este despacho, que el término del traslado a las partes recurrentes, O.I.A.R., C.J.A.; C.C., O.D. y Lina Viviana Jaramillo Gómez, finalizó se recibió escrito de sustentación del recurso de casación el 21 de julio de 2023 el cual fue presentado por intermedio de apoderado judicial por la parte recurrente O.I.A.R. y Carolina Jaramillo Arango; empero, el recurso de los señores Cristian Camilo, O.D. y L.V.J.G., no fue sustentado.
El 29 de agosto del año en curso, la parte recurrente Cristian Camilo, O.D. y L.V.J.G., mediante su apoderado judicial, remitió a esta Corporación memorial con el que interpuso recurso de reposición, indicando que:
“respetuosamente me dirijo en esta oportunidad al despacho manifestando INTERPOSICION RECURSO REPOSICION, debido a que la suscrita presentó DEMANDA DE CASACION LABORAL cuya finalidad es la protección de derechos de mis representados en mención, la petición fue radicada vía internet al correo electrónico de la secretaria laboral de esta cortesecretarialaboral@cortesuprema.ramajudicial.gov.co, con fecha julio 26 de 2023, en horario de 1.44 p.m.”
Posteriormente la secretaría de la Sala de Casación Laboral mediante informe, puso el memorial de la referencia a disposición del despacho el 1 de septiembre de 2023, siendo este mismo el objeto de estudio.
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CONSIDERACIONES
Frente al caso, la Sala recuerda que, el artículo 63 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, expresa que «el recurso de reposición procederá contra los autos interlocutorios, se interpondrá dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación cuando se hiciere por estados (…)».
Seguidamente, el artículo 64 ibidem, establece que «contra...
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