AUTO DE 2008 , (agosto 28) , por medio del cual se inicia una actuación administrativa - 28 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000505

AUTO DE 2008 , (agosto 28) , por medio del cual se inicia una actuación administrativa

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga
Número de Boletín47163

Expediente número 300-A.

A.2008-33 El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto 01 de 1984 y Decreto-ley 1250 de 1970, y CONSIDERANDO: El señor Hender Carrero solicitó el 19-08-2008 corrección del folio de matrícula inmobi liaria número 300-265875 en el sentido de incluir en la anotación 01 del folio, al municipio del Playón (Santander), como comprador;

Revisado el folio de matrícula inmobiliaria número 300-265875 se pudo constatar que esta oficina, al inscribir la Escritura 50 de 10- 03-1999 otorgada en la Notaría Ú nica del Playón ( Sder .), omitió señalar como comprador al municipio de El Playón, inscribiendo en cambio al señor Ramiro Alarcón Caicedo quien figuraba en dicha escritura como repre sentante legal del municipio;

El artículo 82 del Decreto-ley 1250 de 1970 dispone que la matrícula inmobiliaria debe exhibir en todo momento el estado jurídico del respectivo bien y de los hechos expuestos;

esta oficina evidencia la necesidad de iniciar la correspondiente actuación administrativa (artículo 4° C.

C.

A.) tendiente a demostrar la verdadera y real situación jurídica del predio anteriormente identificado, siguiendo el procedimiento que señala el Código Contencioso Administrativo para las solicitudes particulares;

En virtud de lo expuesto, este Despacho DISPONE:

Artículo 1°

Iniciar actuación administrativa con el fin de clarificar la situación jurídica del inmueble con matrícula inmobiliaria número 300-265875.

Artículo 2°

Notificar el contenido del presente auto al Municipio de El Playón (San tander), al señor Ramiro Alarcón Caicedo y a los terceros indeterminados que puedan estar interesados o resultar afectados con la decisión de la actuación.

Artículo 3 o

Si no fuese posible la notificación personal a los terceros, súrtase ella me diante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en los artículos 15 y 16 del C.

C.

A.

Artículo 4°

Bloquear el folio de matrícula inmobiliaria número 300-265875, con el fin de no expedir certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras...

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