Auto número 000081 de 2012, por el cual se inicia una actuación Administrativa sobre el folio de Matrícula inmobiliaria 50N-443321. (J-260/2009 Expediente 74-2012) - 6 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 427076134

Auto número 000081 de 2012, por el cual se inicia una actuación Administrativa sobre el folio de Matrícula inmobiliaria 50N-443321. (J-260/2009 Expediente 74-2012)

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín48724

La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D.C., Zona Norte, en ejercicio de sus facultades legales y de las funciones conferidas por el artículo 7º del Decreto-ley 2156 de 1970 y del artículo 3º del Decreto número 2158 de 1992 y de la Ley 1579 del primero (1º) de octubre de 2012,

CONSIDERANDO QUE: DISPONE:

Artículo 1º Iniciar

actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de Matrícula inmobiliaria número 50N-443321, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente proveído.

Artículo 2º Comunicar

el contenido del Auto al señor Julio César Castro Sáenz, identificado con cédula de ciudadanía número 80261026, como interesado y propietario del inmueble.

Artículo 3º Comunicar

a la Fiscalía Setenta y Nueve Unidad Orden Económico y Social, que fue la entidad que ordenó el embargo especial, sobre el inicio de la presente actuación administrativa.

Artículo 4º Citar

a los terceros indeterminados que se consideren con derecho a intervenir en el presente asunto, para lo cual se ordena la publicación de su contenido en el Diario Oficial a costa de esta oficina, o en un diario de amplia circulación nacional a cargo de los interesados.

Artículo 5º Comunicar

el contenido de esteAuto al Coordinador de la División Operativa y al Registrador Delegado, para que todo documento objeto de registro o cualquier petición sea enviada a la Coordinación Jurídica (Grupo de Abogados Especializados), para evitar que esta oficina tome decisiones contrarias. En el caso de la solicitud de la expedición de certificados, para que en ellos consten como nota complementaria, el inicio de la presente actuación administrativa.

Artículo 6º Formar

el expediente debidamente foliado, al cual se le asignará el número 74 de 2012 (artículo 36. C.C.A).

Artículo 7º Disponer

el bloqueo del folio de Matrícula inmobiliaria número 50N- 20368677.

Artículo 8º Contra esta providencia no proceden recursos en la vía gubernativa, artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 9º Este Auto...

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