AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56571 del 20-11-2019
Sentido del fallo | NIEGA CAMBIO SOLICITADO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 20 Noviembre 2019 |
Número de expediente | 56571 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal Municipal de Barranquilla |
Tipo de proceso | CAMBIO DE RADICACIÓN |
Número de sentencia | AP4985-2019 |
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
AP4985-2019
Radicado n.° 56571
Acta 309
Bogotá, D. C., veinte (20) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
ANTECEDENTES
1. Según el escrito de acusación, en Barranquilla (Atlántico), entre el 15 y el 24 de noviembre de 2017, LEBITH ALDEMAR RUA RODRÍGUEZ entabló contacto con Gabriela Andrea Romero Cabarcas a través de la red social “Facebook”. Luego de ello, mediante engaños sobre su profesión y ofertas laborales, el procesado logró concertar una entrevista personal con la mencionada. Al llegar al sitio acordado, la condujo a una «casa finca» ubicada en el kilómetro 3 Vía Caracolí, trocha tamarindo, donde al parecer debía prestar el servicio de niñera.
En ese lugar, la retuvo contra su voluntad, la accedió carnalmente mediante violencia, y le causó la muerte «por una causa no determinada, atendiendo a su condición de mujer», luego de ejercer «sobre su cuerpo actos de instrumentalización sexual, acciones de opresión y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad». Así mismo, RÚA RODRÍGUEZ se apoderó «de manera violenta e ilícita» del teléfono celular que portaba la víctima y ocultó el cadáver.
2. El 22 de diciembre de 2018, ante el Juzgado 2° Penal Municipal con función de Control de Garantías de Barranquilla, previa legalización de la captura, la Fiscalía imputó a RÚA RODRÍGUEZ las conductas punibles de feminicidio agravado, desaparición forzada agravada, acceso carnal violento y hurto calificado y agravado. No se presentó allanamiento a cargos. El procesado fue afectado con medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.
3. El 5 de abril de 2018 se radicó escrito de acusación, cuya formulación oral se surtió el 13 de junio siguiente ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla.
4. Instalada la audiencia preparatoria, en diligencia del 28 de octubre de 2019 el procesado presentó, en forma verbal, solicitud de cambio de radicación. Expresó que durante el curso del proceso seguido en...
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