AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56674 del 04-12-2019
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | 56674 |
Fecha | 04 Diciembre 2019 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal Municipal de Girardot |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AP5238-2019 |
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
AP5238-2019
Radicación n.° 56674
Acta 322
Bogotá, D. C., cuatro (4) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
VISTOS:
Define la Corte cuál es la autoridad judicial competente para conocer del proceso que se adelanta en contra de J.J.C.C., como presunto coautor de los delitos de ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables y daño en los recursos naturales.
ANTECEDENTES:
1. Según se indicó en el escrito de acusación, a raíz de información suministrada por fuente humana la Fiscalía General de la Nación inició una investigación en la Plaza de Mercado San Miguel de Girardot (Cundinamarca), que llevó a establecer la existencia de una organización criminal denominada Los Depredadores dedicada a la aprehensión, transporte, distribución y comercialización de especies silvestres por encargo, en otras plazas de mercado del país y en numerosas carreteras intermunicipales.
En concreto, la Fiscalía estableció la pertenencia de JHOM JAIRO CRUZ CANDELO a dicha organización delictiva, a cuyo cargo se encontraba la intermediación con los traficantes locales y nacionales desde Melgar (Tolima). Así mismo, conseguía los especímenes a través de una red de proveedores y utilizaba su lugar de residencia ubicada en Chaparral como centro de acopio transitorio.
2. Por tales hechos, el 21 de febrero de 2019 la Fiscalía General de la Nación le formuló imputación a J.J.C.C. como presunto coautor de las conductas de ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables y daño en los recursos naturales ante el Juzgado 3º Penal Municipal de G. con Función de Control de Garantías. El inculpado se allanó a los cargos.
3. El 13 de mayo de 2019 la Fiscalía General de la Nación radicó el respectivo escrito de acusación con allanamiento a cargos ante el Juez Penal del Circuito de M. con Función de Conocimiento que, en audiencia adelantada el 20 de noviembre de 2019, se declaró incompetente para conocer de la actuación.
Argumentó que los hechos ocurrieron en jurisdicción de G., dado que el tráfico de fauna silvestre tenía lugar en la plaza de mercado de esa ciudad. Por ello, aseguró que la competencia para conocer del asunto recae en el Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de ese municipio.
La Fiscalía 204 de la Dirección Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos – Protección a los Recursos Naturales y Medio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba