AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55581 del 26-06-2019
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | 55581 |
Fecha | 26 Junio 2019 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Ibagué |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AP2467-2019 |
Radicado 55581
Definición de Competencia
Wilson Andrés Flor Amaya
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
AP2467-2019
Radicación Nº 55581
Aprobado Acta Nº 155
Bogotá, D. C., veintiséis (26) de junio de dos mil diecinueve (2019).
I. VISTOS
La Sala decide la competencia para conocer de la etapa de juzgamiento al interior del proceso adelantado contra WILSON ANDRÉS FLOR AMAYA, investigado por los delitos de concierto para delinquir agravado y extorsión agravada.
II. HECHOS
El 6 de junio de 2015, F.R.H. recibió una llamada telefónica de un sujeto que se identificó como Teniente de la Policía Nacional, quien le señaló que había capturado a su sobrino P.P. por su presunta responsabilidad en hechos asociados con un accidente de tránsito. En esa comunicación el supuesto uniformado también le precisó que podía cambiar el croquis inicialmente elaborado en contra de su familiar, si accedía al pago de la suma de $5.000.000 de pesos.
La víctima efectuó un giro parcial de $2.000.000 de pesos a nombre de WILSON ANDRÉS FLOR AMAYA, persona a la cual se refiriera quien había efectuado la llamada. Días después fue nuevamente requerido para buscar el pago de $10.000.000 de pesos con destino al superior del Teniente quien, supuestamente, se habría percatado de la irregularidad cometida por el primero.
Una vez R.H. desembolsó la cifra solicitada, se comunicó con P.P., quien le indicó que se encontraba en perfectas condiciones, situación que demostró la extorsión de la cual había sido objeto.
A raíz de ello, el Gaula de la Policía Nacional inició la operación denominada “Las Aguilas”, cuyo resultado permitió establecer que, en la misma modalidad extorsiva, el procesado participó de otros dos delitos cometidos los días 24 de enero de 2014 y 11 de enero de 2017, en el municipio de Orito Putumayo.
Igualmente, la investigación logró determinar que todas las llamadas telefónicas se originaron en el Complejo Carcelario y P. ubicado en la ciudad de Ibagué.
III. ANTECEDENTES
1.- El 22 de marzo de 2019, ante los Jueces Penales del Circuito Especializado de Villavicencio, la Fiscalía Segunda Especializada del Gaula de esa ciudad presentó escrito de acusación en contra WILSON ANDRÉS FLOR AMAYA por los delitos de concierto para delinquir agravado y extorsión agravada.
2.- La actuación correspondió por reparto al Juzgado Segundo de esa especialidad, el cual instaló la audiencia de formulación de acusación el 7 de mayo del año en curso. En esa oportunidad, el representante del Ministerio Público impugnó la competencia del despacho, al considerar que las llamadas telefónicas que dieron origen a la exigencia extorsiva tuvieron origen en la ciudad de Ibagué, lugar donde se entendía materializado el delito que...
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