AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53188 del 17-09-2019
Sentido del fallo | DECLARA LA NULIDAD |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | AP4018-2019 |
Fecha | 17 Septiembre 2019 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | 53188 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
EYDER PATIÑO CABRERA
Magistrado ponente
AP4018-2019
Radicación n° 53188
Aprobado Acta No. 239
Bogotá D.C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
Se resuelve sobre la declaratoria de nulidad de lo actuado, a partir de la decisión proferida por esta Corporación el 14 de agosto de 2019 – AP3498-2019-, por medio de la cual se decidió confirmar el auto del 15 de julio de 2019 -a través del cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud de libertad elevada por el sentenciado Henry Fernando Latorre Silva-, al decidir el recurso de apelación interpuesto por el mismo.
CONSIDERACIONES
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El 19 de julio de 2018, se recibió en la Secretaría de la Sala el expediente adelantado en contra de Henry Fernando Latorre Silva, para resolver el recurso de apelación presentado por el mismo y su defensor, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual lo condenó como autor responsable del delito de prevaricato por acción, en concurso homogéneo1.
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Mediante acta de reparto de la fecha indicada, el asunto fue asignado al Despacho de la H. Magistrada Patricia Salazar Cuellar2, de donde se remitió al del suscrito ponente el 17 de mayo de 2019, para compensar la carga laboral de la Sala, en virtud de haberse admitido el impedimento que presenté dentro del radicado 538883.
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El 4 de julio de 2019, se recibió memorial del procesado mediante el cual solicitó a esta Corporación su libertad provisional y/o definitiva, por vencimiento de términos, argumentando que había transcurrido más de un año desde cuando se le privó de la misma -28 de junio de 2018-4; la cual se ordenó remitir, mediante auto del día siguiente, al Tribunal Superior de Bogotá para efectos de garantizar la doble instancia5, como así se cumplió por Secretaría con oficio 22630 del 9 de julio siguiente6.
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El 18 de julio de 2019, la Secretaría incorporó a la actuación copia de la decisión adoptada el 15 de julio del mismo año, por el Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual negó la libertad impetrada por Latorre Silva, que se remitió para conocimiento7.
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El 22 de julio siguiente, por Secretaría se allegó copia del escrito de sustentación del recurso de apelación interpuesto por el procesado contra el auto que le negó la libertad pretendida8.
Sin...
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