AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54126 del 20-03-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842336020

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54126 del 20-03-2019

Sentido del falloNO REPONE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha20 Marzo 2019
Número de sentenciaAP1092-2019
Tribunal de OrigenVenezuela
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
Número de expediente54126




PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR

Magistrada Ponente





AP1092-2019

Radicación N°. 54126

Acta 72





Bogotá D. C., veinte (20) de marzo de dos mil diecinueve (2019).



VISTOS





La Sala decide el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la ciudadana venezolana DARKELLY GABRIELA ANDREINA MÉNDEZ BLANCO, requerida en extradición por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, contra el auto del 13 de febrero del presente año, por medio del cual se resolvió la solicitud probatoria presentada por la defensa.





LA PROVIDENCIA IMPUGNADA





Mediante decisión CSJAP475 del 13 de febrero de 2019, se negó las postulaciones del defensor encaminadas a que se indagara sobre el estado del proceso que cursa contra M.B. y las pruebas que muestren la autoría o participación de la solicitada, pues resultaban innecesarias. Lo primero porque conforme con el artículo I del Acuerdo Bolivariano sobre Extradición, basta con que la persona requerida esté siendo investigada y se haya librado en su contra orden de aprehensión.



Y lo segundo, porque dicha información obra en el expediente, y será valorada al momento de emitir el respectivo concepto.





FUNDAMENTOS DEL RECURSO



La defensa de D.G.A.M.B. instauró recurso de reposición contra la negativa probatoria, al considerar que resulta relevante conocer el estado actual del proceso penal que adelanta la República Bolivariana de Venezuela, así como las pruebas que se hayan recaudado en él hasta el momento, puesto que han podido variar las condiciones en favor de su representada.



Aduce que la situación interna del vecino país debe ser tenida en consideración, por cuanto existe una manipulación en todas las instituciones por parte de la “dictadura de Maduro”.

CONSIDERACIONES





1. La finalidad del recurso de reposición, como de manera pacífica lo ha expuesto la Sala, es la de permitir al funcionario judicial que dictó la providencia que por esa vía se impugna, la revisión de la misma, para que cuente con la posibilidad de corregir yerros de orden fáctico o jurídico en los que hubiere podido incurrir y en tal caso, proceda a revocarla, reformarla, aclararla o adicionarla en los aspectos frente a los cuales las inconformidades que se hayan expuesto encuentren constatación.



2. En el presente caso, advierte la Sala que el impugnante insiste en que se avalen las pretensiones probatorias...

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