AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53965 del 27-02-2019
Sentido del fallo | INADMITE |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 27 Febrero 2019 |
Número de expediente | 53965 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de sentencia | AP722 2019 |
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
AP722–2019
Radicación n.° 53965
Acta 052
Bogotá, D. C., veintisiete (27) de febrero de dos mil diecinueve (2019)
VISTOS:
Se pronuncia la Sala sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el apoderado de la víctima, contra la sentencia que absolvió a Jair Alexander Supeleano Farfán.
HECHOS:
En horas de la mañana del 23 de abril de 2012, en la Avenida Boyacá con calle 72 de esta ciudad, Jair Alexander Supeleano Farfán colisionó con la llanta trasera del tracto camión que conducía por el carril central, la motocicleta en la que se movilizaba por el costado izquierdo de la vía Keneth Núñez Escobar, quien al caer se golpeó contra el andén del separador, ocasionándole 200 días de incapacidad, deformidad física y perturbaciones funcionales de carácter permanente.
ACTUACIÓN PROCESAL
El 11 de agosto de 2015, ante el Juzgado 23 Penal Municipal de Bogotá con Función de Garantías, la fiscalía le imputó a Jair Alexander Supeleano Farfán, la comisión del delito de lesiones personales culposas (artículos 111, 112 inciso 3, 113 inciso 2, 114 inciso 2, 117 y 120 del Código penal), cargos que no aceptó.
El 26 de octubre del mismo año la fiscalía radicó el escrito de acusación, llevándose a cabo la audiencia de formulación correspondiente el 25 de febrero de 2016.
La audiencia preparatoria se realizó en sesiones del 12 de mayo de 2016 y 26 de enero de 2017, y el juicio oral se inició el 20 de abril siguiente y concluyó el 1 de diciembre del mismo año.
El 25 de enero de 2018, el Juzgado 24 penal Municipal condenó a Jair Alexander Supeleano Farfán, a las penas principales de 9 meses y 18 días de prisión y multa de 6.94 s.m.l.m.v, como autor del delito de lesiones personales culposas. Suspendió condicionalmente la pena.
El 1 de agosto de 2018, al resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa, el Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión y en su lugar absolvió al acusado de los cargos formulados.
Contra esta determinación, el apoderado de la víctima interpuso el recurso extraordinario de casación.
DEMANDA DE CASACION
El demandante transcribe las sentencias de primera y segunda instancia en su totalidad, y en seguida postula un cargo en el cual denuncia el manifiesto desconocimiento de las reglas de producción y apreciación de la prueba sobre la cual se fundó la sentencia (numeral 3 del...
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