AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56579 del 04-12-2019
Sentido del fallo | DECLARA INFUNDADA LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | AP5188-2019 |
Número de expediente | 56579 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Barranquilla |
Tipo de proceso | IMPEDIMENTO |
Fecha | 04 Diciembre 2019 |
JAIME HUMBERTO MORENO ACERO
Magistrado Ponente
AP5188-2019
R.icación No. 56579
Acta 322.
Bogotá D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
VISTOS
La Sala se pronuncia sobre el impedimento manifestado por el doctor Jorge Eliécer Cabrera Jiménez, Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, para resolver el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía, la defensa y la representante de víctimas, contra la providencia del 3 de abril de 2019, que en audiencia preparatoria resolvió sobre la petición de pruebas, emitida por el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa ciudad, dentro del proceso que se adelanta contra DAYANNA YAEL JASSIR DE LA HOZ, por el delito de homicidio agravado, hurto calificado agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
ANTECEDENTES
Ante el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, el 11 de noviembre de 20161, la Fiscalía formuló acusación contra DAYANNA YAEL JASSIR DE LA HOZ, como presunta determinadora de los delitos de homicidio agravado, hurto calificado agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Ello en virtud a que, al parecer, con la participación de Johan Enrique Beltrán Ulloque -conductor de confianza y presunto amante de ella-, planearon la muerte de su fallecido esposo -E.P.V.-, antiguo Director Regional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Barranquilla, a través de la simulación de un asalto en el lugar de residencia.
En esa misma sesión, se determinó suspender la acusación en relación con Alberto Mario Cabrera Barrios - persona aparentemente contratada para cometer los mencionados delitos- ante la intención manifestada de celebrar un preacuerdo.
El 17 de noviembre de esa anualidad2, se llevó a cabo audiencia de verificación del preacuerdo respecto del mencionado ciudadano donde: i) la fiscalía expuso los términos de la negociación celebrada, ii) el Juzgado impartió aprobación al mismo, iii) señaló fecha para lectura de sentencia y iv) dispuso la ruptura de la unidad procesal.
El día 18 siguiente, se llevó a cabo la lectura de fallo3. Decisión mediante la cual se condenó al citado ciudadano a la pena de 212 meses de prisión «como coautor responsable de la conducta punible de homicidio agravado, en la modalidad de cómplice, en concurso heterogéneo con los delitos de hurto calificado agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones»4, a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derecho y funciones públicas, por el mismo término. Le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.
Esta determinación fue apelada por el representante del Ministerio Público, el recurso fue concedido. Así mismo, se materializó la ruptura de la unidad procesal, de manera que la actuación contra Alberto Mario Cabrera Barrios se le dio como nuevo radicado el nº 080016000000-2016-00579 y se continuó la relacionada con la implicada, actual nº 080016001055-2016-02593.
El 19 de diciembre de 20165 se inició la audiencia preparatoria en relación con DAYANNA YAEL JASSIR DE LA HOZ y continuó durante los días 11 y 30 de enero, 4 de abril, 30 de mayo, 1 de agosto, 4 y 25 de septiembre de 2017, 17 y 31 de enero, 1, 5 y 21 de febrero, 10 de julio, 1 y 9 de noviembre de 2018, 24 de enero, 13 de marzo, 3 de abril, 23 y 30 de julio de 2019.
En la sesión del 4 de abril de 20176, la defensa recusó al entonces Juez Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, sobre...
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AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57845 del 12-08-2020
...relevante como para comprometer su imparcialidad (CSJ AP5408, 10 sep. 2014, rad. 44356, CSJ AP696, 14 feb. 2018, rad. 51880, CSJ AP5188-2019, 4 dic. 2019, rad. 56579, entre otros). Así, esta Corporación, a partir de la providencia CSJ AP 4 may. 2016, rad. 47933, reiterado en las CSJ AP4491-......