AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56878 del 26-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847850379

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56878 del 26-08-2020

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha26 Agosto 2020
Número de expediente56878
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP2000-2020




LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente



AP2000-2020

R.icación # 56878

Acta 177


Bogotá, D.C., veintiséis (26) de agosto de dos mil veinte (2020).

VISTOS:


Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por la defensora de A.C.T.M..


HECHOS:


Aproximadamente desde el mes de marzo de 2018, YYY1, niña de 17 años de edad, residente en el Barrio Patio Bonito de Bogotá, entabló contacto frecuente a través de una red social con A.C.T.M., quien luego de conseguir que le enviara fotografías desnuda, procedió a formularle exigencias de tipo sexual y económico, bajo la amenaza de publicar sus imágenes, a las cuales accedió la menor, siendo capturado por miembros del Gaula cuando el 28 de mayo de 2018, en el parque ubicado en la carrera 88 sur con 38 A Bis de esta ciudad, recibía de la víctima $300.000.


ACTUACIÓN PROCESAL:


En audiencia realizada el 29 de mayo de 2018 en el Juzgado 70 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Bogotá, se impartió legalización a la captura de TORRES MANRIQUE, oportunidad en la cual la Fiscalía le imputó la comisión del delito de extorsión agravada en grado de tentativa (artículos 244, 245-3, 27 y 268 del Código Penal), a la cual se allanó. Fue retirada la solicitud de medida de aseguramiento y se dispuso su libertad.


R.icado el escrito de acusación, el 31 de octubre de 2018 se realizó en el Juzgado 36 Penal Municipal de Conocimiento de Bogotá la audiencia de verificación del allanamiento, despacho que el 23 de noviembre siguiente condenó A. TORRES MANRIQUE a 30 meses de prisión, multa de 381 salarios mínimos legales mensuales a inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la sanción privativa de libertad, como autor del delito cuya comisión aceptó, negándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. A su vez, compulsó copias para investigar las relaciones sexuales que la víctima dijo haber tenido bajo amenaza con el acusado.


Impugnada tal providencia por la defensa, el Tribunal Superior de Bogotá la modificó a través del fallo recurrido en casación, expedido el 20 de septiembre de 2019, en el sentido de tasar la pena en 19.2 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso y multa por 414 salarios mínimos legales mensuales.


LA DEMANDA:


Con fundamento en el artículo...

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