AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50808 del 19-08-2020
Sentido del fallo | DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 19 Agosto 2020 |
Número de expediente | 50808 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cali |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de sentencia | AP1974-2020 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
AP1974-2020
Radicación No. 50808
Aprobado Acta No.170
Bogotá D.C., diecinueve (19) de agosto dos mil veinte (2020).
ASUNTO
La Sala se pronuncia de oficio frente a la extinción de la acción penal por muerte de la procesada M.O., dentro del trámite del recurso de casación interpuesto por el defensor contra la sentencia condenatoria del 9 de mayo de 2017, emitida por el Tribunal Superior de Cali.
HECHOS
Fueron sintetizados por las instancias, así:
Según la acusación, siendo las 11 horas del 17 de febrero de 2011 por intermedio de una llamada al Grupo de estupefacientes de la SIJIN, se tuvo conocimiento de que en un inmueble ubicado en el barrio Popular en la Carrera 9 N° 46 A 23 [de la ciudad de Cali], se estaría almacenando y expendiendo sustancias estupefacientes durante las 24 horas del día.
Por tal razón, se hicieron las labores de verificación respectivas pudiéndose determinar la existencia del inmueble y realizar entrevistas a los vecinos, quienes coincidían en que en ese inmueble se almacenaba y vendía estupefacientes desde varios meses atrás (…)
En virtud de lo anterior, se emitió orden de allanamiento, la cual se hizo efectiva el 18 de febrero de 2011 por parte de funcionarios de la SIJIN, quienes fueron atendidos por la única persona que se encontraba en el sitio, señora M.O., a la que se le puso de presente el motivo de la diligencia y acompañó el registro.
(…)
Particularmente, en la habitación numerada con el N° 3 se hallaron dos costales de color blanco en cuyo interior había una sustancia vegetal similar a la marihuana, quien además durante la diligencia tomó un bolso negro que se encontraba en la habitación donde se halló la sustancia y lo escondió rápidamente dentro de su blusa, pudiéndose constatar que contenía $170.000 en billetes de diferente denominación.
Una vez la sustancia fue sometida a experticia técnica, arrojó positivo para cannabis en un peso neto de 16.300 gramos1.
ACTUACIÓN PROCESAL
El 18 de febrero de 2011, en audiencia preliminar llevada a cabo ante el Juzgado 31 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali, previa legalización de captura, la Fiscalía formuló imputación a M.O. como autora del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes (art. 376 del Código Penal), conducta no aceptada por...
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