AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55694 del 24-02-2021
Sentido del fallo | INADMITE |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 24 Febrero 2021 |
Número de expediente | 55694 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Buga |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de sentencia | AP591-2021 |
GERSON CHAVERRA CASTRO
Magistrado Ponente
AP591-2021
R.icación n° 55694
Acta No 040
B.D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
ASUNTO
La Sala se pronuncia sobre la admisión de la demanda sustento del recurso de casación interpuesto por el defensor de Ó.R.M.Á., contra el fallo del 9 de abril de 2019 proferido por el Tribunal Superior de Buga, mediante el cual confirmó la sentencia del 9 de enero de ese año, emitida por el Juzgado Quinto Penal Municipal de Conocimiento de Palmira, que lo condenó como autor responsable del delito de lesiones personales culposas.
HECHOS
Fueron reseñados en el fallo de segundo grado, así:
“Los hechos ocurrieron en el municipio de Palmira, Valle, el día 12 de abril de 2013, siendo aproximadamente las 14:00 horas, cuando la señora Y.L.S.F. se movilizaba por la calle 42 en la motocicleta marca Jialing, JL90, modelo 2008, color azul, de placa MWQ-03B, y a la altura de la carrera 22, el vehículo de placas CMG-185 marca Ssangyong, Korando, modelo 2005, de color rojo conducido por el señor Ó.R.M. ÁNGEL intenta orillarse hacía el costado derecho, invadiendo la trayectoria que llevaba la señora YENIT, produciéndose la colisión de los dos vehículos. A consecuencia de ello, la señora Y.L.S.F. sufre lesiones consistentes en trauma en muslo, cadera, y hombro izquierdo, y en el tobillo y pies quemaduras, siendo atendida en la Clínica de Fracturas S.A.S. de Palmira.
La ciudadana es valorada en tres oportunidades por los médicos adscritos al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, quienes concluyen: Mecanismo traumático de lesión: contundente; incapacidad médico legal definitiva de 25 días, y como secuelas: deformidad física que afecta el cuerpo de carácter permanente.”[1]
ANTECEDENTES
1. El 14 de noviembre de 2017, la Fiscalía 63 Local de Palmira, corrió[2] traslado del escrito de acusación[3], a Ó.R.M.Á. –y su defensor-, por el cual le atribuía la presunta comisión del delio de lesiones personales culposas (Artículos 111, 112, inciso 1, 113, inciso 2, y 120, del Código Penal).
2. Asignado el asunto al Juzgado Quinto Penal Municipal con Función de Conocimiento de Palmira, el 19 de febrero de 2018, celebró audiencia concentrada.
3. Tramitado el juicio oral, la autoridad cognoscente en fallo del 9 de enero de 2019, condenó a Ó.R.M.Á., como autor del delito de lesiones personales culposas, a la pena principal de 6 meses y 12 días de prisión y multa de 6.93 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y a las accesorias de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y a la prohibición de conducir vehículos automotores por el mismo lapso. Al sentenciado se le concedió el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
4. Apelada tal decisión por la defensa, la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga, en providencia del 9 de abril de 2019, la confirmó.
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN
El defensor, al amparo de la causal tercera de casación, presentó un único cargo en contra de la sentencia de segundo grado, por violación indirecta de la ley sustancial derivado del manifiesto desconocimiento de las reglas de producción y apreciación de la prueba en la cual se fundó la condena.
En primer lugar, sostuvo el apoderado que el Tribunal debió absolver a su defendido una vez constató del pronunciamiento de primera instancia la ausencia de una motivación estructurada o argumentación profusa respecto de las pruebas practicadas y alegatos presentados por la Fiscalía y no, acogerse a las mínimas razones que observó para luego desarrollarlas.
En segundo lugar, manifestó no compartir las conclusiones en que se sustentó la declaratoria de responsabilidad, esencialmente, porque contrario a lo indicado por el ad quem, la versión de los hechos expresada por la...
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