AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55952 del 24-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 866096230

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55952 del 24-02-2021

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente55952
Fecha24 Febrero 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bucaramanga
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP593-2021




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado Ponente



AP593-2021

R.icado 55952

Acta No 040



Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiuno (2021).



ASUNTO:


La Corte decide si admite o no la demanda de casación presentada por el representante judicial de la víctima, contra la sentencia del 1º de noviembre de 2018 a través de la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de B. confirmó el fallo del 23 de agosto de 2018, emitido por el Juzgado Décimo Penal del Circuito de Conocimiento de esa ciudad, que absolvió a Héctor Díaz y Yadira Sequea Nieto, de la conducta de homicidio culposo.



HECHOS:


Fueron reseñados en el fallo de segundo grado:


“Se extrae del escrito de acusación que el 10 y 11 de julio de 2008, Blanca Lucía G.G. acudió al servicio de Urgencias de la Clínica Santa Teresa por presentar estado febril elevado, cefalea, osteomialgias y dolor cervical posterior a un procedimiento quirúrgico de cesárea, donde recibió atención de los médicos generales H.D. y Y.S.N., quienes autorizaron su salida previa práctica de exámenes paraclínicos y valoración errónea de los resultados, además, sin solicitar el acompañamiento del especialista ginecobstreta.


Ante la falta de mejoría regresó el día siguiente, siendo remitida a la unidad de cuidados intensivos con diagnóstico de sepsis de origen urinario e infección en las vías urinarias, donde falleció el 13 de julio de 2008 a las 20:35 horas, como consecuencia de una falla multiorgánica –shock séptico- generada por un absceso de pared miometrial (útero) de herida quirúrgica por cesárea.”1


ACTUACIÓN PROCESAL:


1. El 27 de mayo de 2014, ante el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de B., se realizó audiencia de formulación de imputación en contra de Héctor Díaz y Y.S.N., a quienes se les atribuyó el delito de homicidio culposo, previsto en el artículo 109 del Código Penal.


2. El 26 de agosto siguiente, la Fiscalía General de la Nación, a través de su delegada 19 Seccional, presentó escrito de acusación en contra de los citados por la referida conducta, el cual se materializó en diligencia celebrada en el Juzgado Décimo Penal del Circuito de Conocimiento de B. el 14 de abril de 2015.


3. Culminada la etapa de juzgamiento, la autoridad cognoscente en sentencia del 23 de agosto de 2018, absolvió a los acusados.


4. Interpuesto recurso de apelación por el representante judicial de la víctima, la Sala Penal del Tribunal Superior de la capital de Santander en fallo del 1º de noviembre de 2019, confirmó la sentencia.


LA DEMANDA:

El apoderado judicial de víctimas, al amparo de la causal tercera de casación, censuró la sentencia, al considerar que el Tribunal vulneró por vía indirecta la ley sustancial, al incurrir en error de hecho por falso juicio de existencia, el cual conllevó a la falta de aplicación de los artículos 9, 12, 23, 109 del Código Penal, 12 y 13 de la Ley 23 de 1981 y 380 del Estatuto Procesal Penal.

Lo anterior, al omitir el testimonio técnico del médico Fabio Alonso García Suescún, quien a partir de la historia clínica de Blanca Lucía Galvis y el acta del Comité de Epidemiología o auditoría practicada por SOLSALUD EPS, explicó las falencias en el servicio de urgencias que determinaron la falta de observancia de la lex artis por los acusados.

En esa línea, preciso que con ello se obvió el documento incorporado al expediente relativo al informe de autoría practicado por la entidad prestadora de salud, en el cual, además, se trascribe la historia clínica de la paciente y se informa el desatino en punto a la interpretación del hemograma que mostraba una marcada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR