AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 51074 del 11-04-2018
Sentido del fallo | DECLARA DESIERTO EL RECURSO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | AP1420-2018 |
Fecha | 11 Abril 2018 |
Tribunal de Origen | Estados Unidos de América |
Tipo de proceso | EXTRADICIÓN |
Número de expediente | 51074 |
F.A.C. CABALLERO
Magistrado Ponente
AP1420-2018
Radicación No. 51074
Aprobado Acta No. 115
Bogotá, D.C., -once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018).
VISTOS:
Resuelve la Sala el recurso de reposición interpuesto por la defensa del requerido JUAN CARLOS ARANA IZQUIERDO, contra el auto que negó por improcedente la práctica de pruebas.
ANTECEDENTES:
Mediante Nota Verbal 0985 del 6 de julio de 2017 la Embajada de los Estados Unidos solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano J.C.A.I., requerido para comparecer a juicio por los delitos de concierto para delinquir y falsificación de moneda, de acuerdo con la acusación 17-20435-CR-UNGARO/SULLIVAN, dictada el 23 de junio de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.
Con fundamento en esa petición la Fiscalía General de la Nación decretó, mediante Resolución del 7 de julio de 2017, la captura con fines de extradición de J.C.A.I.. Ésta se había hecho efectiva el 29 de junio anterior en la ciudad de Cali por la Policía Nacional, en cumplimiento de la Circular Roja de Interpol A-6060/6-2017.
Por medio de la Nota Verbal 1316 del 22 de agosto de 2017, la Representación Diplomática de los Estados Unidos formalizó la solicitud de extradición del señor A.I..
A su vez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, con oficio DIAJI 1970 del 22 de agosto de 2017, dirigido a la Cartera de Justicia y del Derecho, conceptuó:
«En atención a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que, en el caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano»
Por su parte, el Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, con oficio OFI17-0028978-OAI-1100 del 29 de agosto de 2017, remitió a esta Corte la solicitud de extradición con la documentación reunida.
El 30 de agosto de 2017 la Sala asumió el conocimiento del asunto y requirió al señor ARANA IZQUIERDO la designación de apoderado. Ante su silencio por auto del 12 de septiembre de 2017 se ofició a la Defensoría del Pueblo.
No obstante, al día siguiente el requerido confirió poder al abogado Munir Alonso Montaño Tejada para que lo representara, y tras allegar el documento respectivo se le reconoció personería y se dispuso surtir el traslado previsto en el...
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