AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 0500122030002017-00029-01 del 08-03-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873961861

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 0500122030002017-00029-01 del 08-03-2017

Sentido del falloCONFIRMA SANCIÓN POR DESACATO
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha08 Marzo 2017
Número de sentenciaATC1442-2017
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Medellín
Tipo de procesoINCIDENTE DE DESACATO
Número de expedienteT 0500122030002017-00029-01



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente



ATC1442-2017

Radicación n.° 05001-22-03-000-2017-00029-01

(Aprobado en sesión de ocho de marzo de dos mil diecisiete)


Bogotá, D. C., ocho (8) de marzo de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la consulta del auto de 27 de febrero de 2017, por medio del cual la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín resolvió el incidente de desacato formulado por Sebastián Montoya Hernández contra el Ejército Nacional de Colombia – Director de Sanidad – Brigadier General Germán López Guerrero.


ANTECEDENTES


  1. Mediante fallo proferido el 26 de enero de 2017 la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín amparó los derechos fundamentales a la salud, a la dignidad humana y a la seguridad social, del promotor del resguardo, ordenando al Ejército Nacional –Dirección de Sanidad que:


en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de [esa] decisión, proceda (i) ACTIVARLO NUEVAMENTE al servicio de Salud de las Fuerzas Militares de Colombia, (ii) LLEVE a cabo el procedimiento para que sea calificada su pérdida laboral por la Junta Médica Militar y (iii) AUTORICE el tratamiento integral circunscrito al diagnóstico ESQUIZOFRENIA NO ESPECIFICADA (folios 12 a 19, cuaderno 1).


  1. Sebastián Montoya Hernández radicó ante el a-quo constitucional escrito en el que indicó que «no se ha dado cumplimiento al fallo proferido… con radicado Nro. 05001-22-03-000-2017-00029-00»; destacando que remitió copia de la referida sentencia a la accionada «a través de Servientrega factura Nro. 954633010… y desde el correo electrónico glori-cumbia@hotmail.com» (folio 1, cuaderno 1).


  1. El Tribunal, por medio de auto de 15 de febrero de 2017, requirió a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional con el fin de que aportara «las pruebas que sean consideradas como pertinentes en el ejercicio del derecho que le asiste, o en su defecto, dé cumplimiento al fallo de tutela proferido el 26 de enero de 2017» (folios 7 y 8, cuaderno 1).


  1. Debido a la falta de respuesta al referido requerimiento, con proveído de 20 de febrero último se dispuso tramitar el incidente conforme a lo reglado en el Decreto 2591 de 1991, contra el Brigadier General Germán López Guerrero, en calidad de Director de Sanidad del Ejército Nacional, surtiendo el traslado de rigor, así como la notificación a las partes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR