AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54236 del 05-12-2018
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 05 Diciembre 2018 |
Número de expediente | 54236 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal Municipal de Leticia |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AP5235-2018 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
AP5235-2018
Radicación Nº 54236
Aprobado mediante Acta Nº 400
Bogotá, D. C., cinco (5) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
ASUNTO
La Sala se pronuncia en relación con la competencia para conocer del juzgamiento contra MARCONIS TÁNGER SOUZA VÍCTOR ANDRÉS RAMÍREZ ARBELÁEZ, DILMAR ANDRÉS ACOSTA APARICIO, J.J.G.A., R.O.A., N.A.S., A.R.O., JUAN GILBERTO FUNES TÁNGER DUQUE, FÉLIX LENIZ MARIÑO LÓPEZ, G.F.G.A., ANDRÉS MAURICIO GARZÓN OROZCO, S.K.G.O., M.A.S., V.A.S.M., J.A.L.S., LINA MARÍA MARTÍNEZ SÁNCHEZ, V.M.V.M. y JOSÉ MAURICIO BARRERO LÓPEZ, a quienes la fiscalía acusa de la comisión de los delitos de concierto para delinquir simple y agravado y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, con fundamento en la impugnación de competencia propuesta por los defensores en el curso de la audiencia de formulación de acusación.
HECHOS
En el escrito de acusación fueron descritos así:
«La presente investigación tuvo su génesis en información suministrada por fuente humana a través de declaración jurada, que puso en conocimiento el pasado 16 de marzo del año 2016, la existencia de un grupo de personas dedicada al tráfico de estupefacientes. Fuente Humana quien por motivos de seguridad y temor a posibles represalias contra su integridad física, solicitó mantener su identidad bajo reserva, demostrando en forma voluntaria su deseo de poner en conocimiento de las autoridades, la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias estupefacientes en menores cantidades (microtráfico), que se estaba presentando desde hace varios años en el sector del barrio once de noviembre [de Leticia, Amazonas].
(…)
Una vez obtenida esta información de forma legal, funcionarios de la Policía judicial adscritos a las SIJIN del departamento de Amazonas, proceden a realizar labores de vecindario con el fin de verificar la información aportada dentro de la presente investigación, donde logran ubicar el inmueble mencionado y las personas involucradas, así como también a través de vecinos del sector, se recolectara información importante, y , estos aportaran los números de teléfono que estarían utilizando estos sujetos, información incluida a la investigación mediante fuente no formal, la cual permitió que la Fiscalía General de la Nación a través del despacho URI de ese departamento, organizara una mesa de trabajo e impartiera órdenes a policía judicial con el fin de interceptar los números de teléfonos incluidos en la indagación.
(…)
En vista de lo anterior, los investigadores del caso y la Fiscalía General de la Nación, a través de la interceptación de los abonados telefónicos obtenidos dentro de la investigación y tras un seguimiento y control de diálogos, se pudo comprobar que a pesar de que estas manejaban un lenguaje cifrado, se pudo entrever que se trataba del encubrimiento de hechos delictivos, lo cual se logró verificar con las incautaciones realizadas en el aeropuerto internacional el Dorado el día 01 de diciembre de 2016, en donde la policía aeroportuaria pudo identificar en las instalaciones de la bodega de la empresa de envíos “DEPRISA”, a través de binomio canino de turno que en repuesto metálico de forma cilíndrica (brazo hidraúlico) contenía en su interior una sustancia vegetal que por su característica de olor y color se asemejaba a la marihuana, con un peso aproximado de 37.000 gramos, el cual era proveniente de la ciudad de Cali y era dirigido a la ciudad de Leticia (Amazonas). Estos procedimientos fueron adelantados bajo el número de noticia criminal 11-001-60-00017-2016-17675, caso del cual se obtuvo fotocopia a través de una inspección judicial en la ciudad de Bogotá, corroborándose lo mencionado dentro de las conversaciones telefónicas de los integrantes del grupo delincuencial, así como el modus operandi que venían utilizando para el transporte de marihuana desde la ciudad de Cali hasta la ciudad de Leticia.
(…)
Por último, y atendiendo las labores de recolección de información y análisis de la interceptación de las llamadas telefónicas se puede establecer que los señores antes relacionados pertenecen a una organización criminal denominada “LOS GAROTOS”, que delinquen en la ciudad de Leticia y en varias zonas del departamento de Amazonas y en las ciudades como Cali, Valle, Bogotá, Cundinamarca, al igual que en el vecino país de Brasil, donde ejercen su actividad ilegal. También a lo largo y ancho de esta investigación se dejó evidenciado que estas personas utilizaban un lenguaje cifrado para coordinar la comercialización de sustancias estupefacientes como la marihuana, lo cual quedó demostrado en las incautaciones de sustancias estupefacientes».
Al inicio de la audiencia de formulación de acusación, el 6 de noviembre de 2018, luego de que los defensores impugnaran la competencia del Juez Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia, el Fiscal refirió:
«Efectivamente del análisis del artículo 46 del Código de Procedimiento Penal Colombiano que trata específicamente de la competencia y en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55119 del 30-04-2019
...quien dispuso enviar las diligencias a la Corte con la finalidad de que se estudiara nuevamente el asunto. 10.- La Sala en decisión AP5235-2018, radicado 54236 de 5 de diciembre de 2018 al re examinar el asunto, procedió a fijar la competencia en los Jueces Penales del Circuito de Cundinama......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54726 del 20-02-2019
...4. Ante la impugnación de competencia, el juez acogió los planteamientos de la Fiscalía, resaltando que esta Corporación en auto CSJ AP5235-2018 definió la competencia para conocer del juzgamiento de los demás integrantes de la organización denominada «Los Garotos» y la fijó en un J. homólo......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60367 del 10-11-2021
...en los criterios establecidos en el artículo 14 de la Ley 599 de 2000, así como en la providencia emitida el 19 de marzo de 2013 y el auto AP5235-2018 (radicado 54236), ambas proferidas por la Corte Suprema de Justicia, reiteró que ni la conducta punible o el producto de esta ocurrieron en ......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55625 del 24-07-2019
...HUMBERTO MORENO ACERO PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria [1] CSJ AP5235-2018, 5 dic. 2018, rad. n.º 54236 [2] CSJ AP4933-2018, 14 nov. 2018, rad. 54031 y CSJ AP 1354-2019, 10 abr. 2019, rad. 55079. CSJ AP2480-2019. Rad. 55501. [3] Audi......