AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39565 del 13-02-2013 - Jurisprudencia - VLEX 873984039

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39565 del 13-02-2013

Sentido del falloDECLARA FUNDADA LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente39565
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Fecha13 Febrero 2013
Proceso No 22814


República de Colombia

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Acción de revisión No. 39565

JOSÉ ALEXÁNDER MOJICA MESA

Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL


Magistrado Ponente:

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

Aprobado Acta No. 41.


Bogotá, D.C., trece de febrero de dos mil trece.


V I S T O S


Corresponde a esta Sala, integrada por Conjueces y por el suscrito Magistrado, pronunciarse sobre el impedimento conjunto presentado por los H.M.J.L.B.M., JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ, LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO, JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA y JAVIER DE JESÚS ZAPATA ORTIZ, con fundamento en la causal prevista en el numeral 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, para conocer de la acción de revisión presentada por el apoderado especial de J.A.M.M., contra la sentencia dictada el 15 de diciembre de 2011 por el Juzgado 23 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, confirmada el 2 de marzo de 2012 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


HECHOS Y DECURSO PROCESAL


Fueron consignados por el Tribunal Superior de Bogotá el 2 de marzo de 2012, de la siguiente manera:


El acontecer fáctico se originó el 21 de Febrero de 2011, aproximadamente a la 1:20 de la mañana, en la carrera 127 frente al número 133-52 de esta ciudad, lugar donde se encontraba J.B.D. acompañado de PEDRO Y SERGIO CÁRDENAS, quienes departían unas cervezas en el interior del vehículo de placas BWE 019, marca Chevrolet Optra, momento en el cual se acerca un hombre desconocido e increpa al primero de los citados para que se fuera del lugar, quien le responde que efectivamente así lo haría. Empero, sin mediar palabra alguna el desconocido acciona un arma de fuego contra la humanidad del conductor impactándole a la altura de la cabeza, para seguidamente huir del lugar. No obstante, ante la alerta suscitada aquel es perseguido por la autoridad policial y ante esta situación el agresor opta por autolesionarse con el arma de fuego quedando inconsciente, lo que determina su traslado inmediato a un centro hospitalario, en donde fue identificado como JOSÉ ALEXANDER MOJICA MESA y de donde fue dado de alta posteriormente, sin intervención alguna de la autoridad.”


De otra parte, se advierte que la victima J.B.D., igualmente fue trasladado al Hospital de Santa Clara en donde varias horas después fallece por...

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