AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº 52626 del 03-10-2018
Sentido del fallo | CESA PROCEDIMIENTO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | 52626 |
Fecha | 03 Octubre 2018 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal Municipal de Palmira |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de sentencia | AP4348-2018 |
epública de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
Magistrado ponente
AP4348-2018
Radicado N° 52626
Aprobado Acta No. 346.
Bogotá, D.C., tres (3) de octubre de dos mil dieciocho (2018).
Previo al pronunciamiento de la Sala respecto de la demanda de casación presentada por la defensa del acusado FABIÁN ANDRÉS ROJAS ARCE, se allega a la Corte escrito con sus anexos, en el cual el mismo profesional del derecho pide que se decrete la extinción de las acciones penal y civil, por indemnización integral de los daños ocasionados con el delito de lesiones personales culposas.
HECHOS
Fueron narrados en la sentencia de segundo grado, del siguiente tenor:
“Se convierte en génesis de la presente actuación, con la noticia del accidente de tránsito registrado el día 16 de julio de 201º en la vía que conduce a Amaime Kilómetro 29 + 100 metros de la jurisdicción del municipio de Palmira, cuando el acusado F.A.R.A. quien conducía la motocicleta de marca Suzuki Viva 115, invade el carril contrario por donde se desplazaba en su velocípedo A.A.B. quien llevaba como parrillero a LUIS ALEJANDRO RODRÍGUEZ GARZÓN, resultando aquellos lesionados y a quienes en su orden se les determinó incapacidad médico legal de 150 y 120 días, con sus respectivas secuelas, según obra en los informes médico legales de lesiones no fatales”.
DECURSO PROCESAL
Con fecha del 3 de junio de 2015, en el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Palmira, tuvo lugar la audiencia de formulación de imputación, en la cual se atribuyó a FABIÁN ANDRÉS ROJAS ARCE, el delito de lesiones personales culposas, en concurso homogéneo sucesivo. El imputado no se allanó a los cargos, ni fue solicitada imposición de medida de aseguramiento.
El 31 de agosto de 2015, fue presentado escrito de acusación, repartido al Juzgado Quinto Penal Municipal de Palmira, despacho judicial que adelantó la correspondiente audiencia de formulación de acusación el 19 de octubre de 2015.
Allí la Fiscalía atribuyó a FABIÁN ANDRÉS ROJAS ARCE, dos delitos de lesiones personales culposas, acorde con lo dispuesto en los artículos 111, 112, incisos tercero y cuarto, 113, inciso segundo, 114, incisos 1 y 2, y 115, del C.P.
La audiencia preparatoria tuvo lugar el 1 de febrero de 2016.
La audiencia de juicio oral comenzó el 24 de mayo de 2016 y culminó el 14 de diciembre de 2017, con anuncio de fallo condenatorio.
En la misma fecha se emitió la sentencia de condena, que fue apelada por su defensor. Sustentada...
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