AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90460 del 02-03-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874056000

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90460 del 02-03-2017

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Fecha02 Marzo 2017
Número de expedienteT 90460
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaATP1436-2017

Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente

ATP1436-2017

Radicación n.° 90460

Acta n.º 75

Bogotá, D. C., dos (2) de marzo de dos mil diecisiete (2017).

ASUNTO

Sería del caso resolver la impugnación presentada por J.J.S.G. frente a la decisión proferida el 25 de enero de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, a través de la cual le negó la acción de tutela promovida en contra del Juzgado 7º Penal del Circuito con funciones de conocimiento de esa ciudad, si no fuera porque se advierte una causal de nulidad que implica retrotraer la actuación.

ANTECEDENTES

1. Los hechos que fundamentan el presente amparo fueron relatados por el A quo así:

(…) El abogado J.J.S.G. interpone acción de tutela en contra del Juzgado 7º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali, por la presunta vulneración al derecho fundamental al debido proceso, aduciendo que, el 13 de octubre de 2016, interpuso incidente de desacato dentro del radicado 2015-00078 y, de forma extemporánea –dos meses después- el despacho accionado le informó sobre la negativa para dar apertura formal al incidente.

Pretende que se tutele el debido proceso, ordenando al señor Juez 7º Penal del Circuito de Cali que le dé trámite, lo antes posible, al incidente de desacato de la orden de Tutela No. 2015-00078, interpuso el 13 de octubre de 2016, porque supuestamente la señora Juez 6ª Penal Municipal no ha cumplido la orden; que sea nuevamente recibido en audiencia preliminar de solicitud de declaratoria de nulidad de la orden judicial de archivo de enero 23 de 2012, proceso No. 2011-22658 y ordenar la exclusión inmediata de las cuatro entrevistas de igual número de testigos falsos de enero 25 de 2012, proceso No. 2011-22658.

2. El 16 de enero de 2017[1] la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, avocó el conocimiento del presente trámite y ordenó vincular al Juzgado 7º Penal del Circuito con funciones de conocimiento de esa ciudad.

3. Mediante fallo de tutela del 25 de enero siguiente[2], dicho cuerpo colegiado negó el amparo por improcedente.

4. Contra esa determinación, J.J.S.G. interpuso recurso de apelación, razón por las que las diligencias fueron remitidas a esta Corporación.

CONSIDERACIONES

Nulidad por indebida integración del contradictorio.

En reiteradas oportunidades la jurisprudencia de la Sala ha sostenido que aunque quien acude a la tutela tiene el deber de manifestar cuál es la autoridad o el particular que le ha lesionado o amenazado sus derechos, tal enunciación no puede atar al juez constitucional ni limitar su acción. Éste está obligado a revisar la actuación procesal que se tacha de irregular y de vincular a todas las personas y autoridades judiciales que pudieron vulnerar los derechos, así como a aquellos que puedan verse afectados con la decisión que se adopte al resolver el amparo propuesto.

Revisados los fundamentos fácticos y jurídicos que dieron lugar a la presente acción, se observa que el A quo dejó de vincular a las partes intervinientes tanto en el trámite incidental cuestionado por el accionante como los de la indagación identificada con el N° 760016000193201122658, en especial, al Juzgado 14 Penal del Circuito Cali, a la Fiscalía 70 Seccional de esa ciudad y a G.C....C..

En consecuencia, se...

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