AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 51560 del 08-11-2017
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 08 Noviembre 2017 |
Número de expediente | 51560 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AP7560-2017 |
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado ponente
AP7560-2017
R.icación n. º 51560
Acta 372
Bogotá, D.C., ocho (8) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
ASUNTO
La Sala define la competencia para conocer del procedimiento de aceptación de cargos dentro de la actuación que se surte en contra de CECILIO CORTÉS DÍAZ, por el delito de concierto para delinquir con fines de narcotráfico.
ANTECEDENTES
1. Durante los días 14 y 15 de septiembre de 2017, ante el Juzgado 16 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali, se celebraron las audiencias de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento en contra de Luis Carlos Cortés Grijalba, S.J.I., M.J.Y.R., C.C.D. y N.N.R., como presuntos integrantes de una banda dedicada al cultivo, almacenamiento y distribución de narcóticos desde Colombia hacía países de Centroamérica. Así lo explicó la Fiscalía al momento de formular imputación:
“En Cali, P.M., jurisdicción del Valle del Cauca, Tumaco, departamento de Nariño, desde el mes de junio de 2016, aproximadamente, Luis Carlos Cortés Grijalba, (…), alias pastuso, otro ciudadano alias lima, M.J.Y.M. (…), S.J.I. (…), N.N.R. (…), C.L.D. (…), C.C.D. (….), otro ciudadano alias C., en asocio con otras personas que fueron individualizadas pero no identificadas, como Compa, Ocho, P., M., Mono, J., P., y otros, aparecen conformando una organización criminal trasnacional que de manera permanente y con división de tareas viene dedicándose a la elaboración, conservación y transporte de estupefacientes desde P.M. Valle del Cauca y Tumaco hacía Centroamérica. La modalidad que a modo de inferencia razonable y en estas instancias preliminares se ha detectado consiste en elaborar el estupefaciente en zonas rurales de los municipios de Timba y el corregimiento el Plateado, sector el Sinaí, jurisdicción del municipio Argelia Cauca, de allí es trasportado ese estupefaciente desde esos dos laboratorios a P.M. y Tumaco donde es almacenado temporalmente para posteriormente ser sacado del país en lanchas rápidas o go fast hasta Centroamérica, en este caso tenemos señora Juez, Costa Rica y Guatemala, para esos propósitos criminales ese grupo de personas implementó una organización con diversas, con personas que cumplían diversas labores con esa finalidad de elaborar, almacenar, transportar y sacar del país estupefacientes hacia el exterior, en esas labores propias del tráfico, de conservación, de elaboración y transporte aparecen cuatro eventos su señoría, como el último evento se le endilga a una persona que no fue aprehendida, entonces en esta audiencia se van a imputar los tres eventos delictivos todos con relevancia penal todos ellos con incautación…”1
Hechos por los cuales le atribuyó a C.G. y Yela Ramírez los punibles de concierto para delinquir con fines de narcotráfico en concurso con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, a N.R. y Lozada D. el de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, y a J.I. y C.D., el de concierto para delinquir agravado con fines de narcotráfico, último que se allanó al cargo.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba