AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 34851 del 20-10-2010 - Jurisprudencia - VLEX 874067980

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 34851 del 20-10-2010

Número de expediente34851
Fecha20 Octubre 2010
EmisorSala de Casación Penal
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

I

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

MPEDIMENTO 34851

JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ CORONADO



Proceso n.º 34851



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL





Magistrado Ponente

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No. 337



Bogotá, D.C., veinte (20) de octubre de dos mil diez (2010).


VISTOS


Decide la Sala integrada por Conjueces y Magistrados el impedimento manifestado por los doctores S.E.P., ALFREDO GÓMEZ QUINTERO, J.L.Q.M. y YESID RAMÍREZ BASTIDAS, invocado con fundamento en el artículo 99, numeral 4º, de la Ley 600 de 2000, para conocer de la acción de revisión instaurada por la Sociedad Extractora Bella Esperanza Limitada, a través de apoderado.



HECHOS Y ANTECEDENTES


1. El 16 de abril de 2002, en el Municipio de Ciénaga (M.) frente al parqueadero WILLCAR, aproximadamente a las 4:30 de la tarde, colisionaron los vehículos camioneta Mazda, modelo 1992, conducida por JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ CORONADO y la motocicleta Honda C-70 de placas NOB-76 a cargo de G. de J.C.F., quien falleció luego de ser trasladado a la clínica Mar Caribe de Santa Marta.


2. La Fiscalía Sexta Delegada de Ciénaga (M., profirió resolución de acusación por el delito de homicidio culposo en asunto de tránsito en contra de JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ CORONADO el 30 de mayo de 2003


3. El 17 de marzo de 2004 se emitió sentencia condenatoria en disfavor del procesado por el delito por el cual fue acusado, y ésta fue impugnada ante el superior, quien decretó la nulidad de lo actuado el 23 de febrero de 2005.


4. Frente a las anteriores decisiones fue interpuesta demanda de tutela ante esta Corporación, acción constitucional resuelta en fallo de 22 de junio de 2005 con ponencia del H. Magistrado Sigifredo Espinosa Pérez, amparando los derechos fundamentales “ al debido proceso y sus correlativos de defensa y contradicción cuya protección y restablecimiento reclaman el sentenciado, J.R.R.C., y al apoderado del tercero civilmente responsable dentro del trámite procesal adelantado contra aquél, la sociedad comercial Extractora Bella Esperanza Ltda..”


5. El 26 de julio siguiente, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ciénaga (M. condenó a JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ CORONADO a la pena de treinta y seis meses de prisión, multa de veinticinco salarios mínimos legales mensuales vigentes y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la principal, por el delito de homicidio culposo...

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