AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 51664 del 29-11-2017
Sentido del fallo | DECLARAR QUE LA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 29 Noviembre 2017 |
Número de expediente | 51664 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal de Circuito de Valledupar |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AP8109-2017 |
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO
Magistrado Ponente:
AP8109-2017
Radicado N. 51664
Aprobado Acta N° 404
Bogotá, D. C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
VISTOS:
La Sala define la competencia para conocer de la actuación seguida a BRIGIDA YISELL SÁNCHEZ CANTILLO y GUSTAVO EDGAR PALOMINO FRAGOZO, quienes aceptaron los cargos que le fueran imputados por su participación en las conductas punibles de concierto para delinquir y estafa agravada.
HECHOS
Los elementos fácticos jurídico-penalmente relevantes de la investigación fueron reseñados en el formato de allanamiento a cargos así:
«La presente investigación se origina debido a que el 17 de agosto de 2016, se constituyó la empresa GLOBAL BROKERS ASOCIADOS S.A. NIT 900.124.574-3, con domicilio principal en la ciudad de Barranquilla, cuyo objeto social entre otros, es la compra, venta, hipoteca, permuta, avalúos y remates de bienes inmuebles; actividades en sus diferentes manifestaciones y los negocios relacionados directamente o conexos con las actividades de finca a raíz y en especial arrendar, vender bienes propios o de terceros.
(…)
Que por la actividad económica que desempeñaba la empresa les ofrecían a sus clientes viviendas a bajos costos mediante un contrato de Gestión o mandato y oferta de seriedad, consignando el cliente el 70% del valor del inmueble a la suscripción del contrato a las cuentas registradas a nombre de la GLOBAL en las entidades bancadas COLPATRIA, BANCOLOMBIA, BBVA Y. DAVIVIENDA, y fijando plazo perentorio para cancelar el resto del dinero sin que en verdad tuvieran en su haber las viviendas ofrecidas o realizaran postura ante los diferentes juzgados para adquirir el bien inmueble. Que jamás cumplieron con la entrega a las personas que depositaron su confianza en la solidez de la empresa y la seriedad del negocio, quienes con la ilusión de adquirir una vivienda digna entregaron su patrimonio viendo frustradas sus esperanzas al ser defraudado su pecunio por la compra de procesos litigiosos de casas en remate que nunca les fueron adjudicadas, pues confiados los ciudadanos en la solidez de la empresa, creyeron haber realizado una negociación de acuerdo a los parámetros legales y consignaron 80,70,100,130,50,40 millones de pesos a las diferentes cuentas ya relacionadas a nombre de la empresa GLOBAL BROKEERS ASOCIADOS S.A. Que el número de víctimas supera las 46, solo en la ciudad de Valledupar, tal como consta en relación que se anexa. Que de acuerdo a la auditoria preliminar el valor de lo defraudado asciende a los tres mil millones de pesos a los clientes en esta ciudad. Que las víctimas no I encuentras respuestas a sus reclamaciones en la ciudad de Barranquilla, Valledupar, Sincelejo, Montería, S.M., entre otras ciudades porque ninguno de los directivos aparece para devolver los dineros ni dar explicaciones de lo sucedido.
Que la señora B.Y.S.C., en su calidad de GERENTE COMERCIAL, atendía a los diversos clientes que llegaban angustiado por que no les entregaban sus viviendas, empezaban a presionar y ella muy hábilmente aplacaba los ánimos facilitándoles alternativas de solución, como el de planearles otro negocio o indicarles que solicitaran la devolución del dinero, pero ni una ni otra de las opciones se dieron. Que a pesar que no era su función ofreció el inmueble ubicado en la carrera 19 No. 16a-52 del B.D. de esta ciudad, a ARISTELIA GOMEZ, y dicho inmueble no existe, impartía órdenes a sus subalternos para que de ninguna manera permitieran que los clientes se acercaran a los inmuebles ofrecidos en venta, tenía el manejo y control de la Oficina en esta ciudad y rendía informes permanentes a la matriz en Barranquilla al gerente del momento o en su defecto al Coordinador de Zona que en ocasiones era J.P.A., CARLOS LEAL O EDUARDO IVAN VARGAS GOMEZ.
Por su parte G.E.F.P., en su condición de profesional del Derecho manejaba el portafolio jurídico de la Sucursal Valledupar, encargándose de todos los detalles con relación a la presunta adquisición de los inmuebles y procesos litigiosos en los distintos juzgados civiles en esta ciudad, que indicaba a sus asistentes H.B., CARLOS MARIO MIER Y RICARDO ANDRES MEJIA, que debían buscar procesos litigiosos para comprar en favor de GLOBAL BROKERS, para presuntamente ofrecer a los clientes y listados de clientes hipotecarios morosos obteniendo información general sobre ubicación del bien y estado del mismo para luego presentarle a los clientes....
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