AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 42128 del 07-05-2009 - Jurisprudencia - VLEX 874159362

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 42128 del 07-05-2009

Sentido del falloREMITE POR COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha07 Mayo 2009
Tipo de procesoCONFLICTO DE COMPETENCIA
Número de expedienteT 42128
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia
C
olisión de competencia / Tutela No.42128

Cootransmundial Ltda.


Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS



Magistrado Ponente:

YESID RAMÍREZ BASTIDAS

Aprobado Acta No.128.



Bogotá, D.C., mayo siete (7) de dos mil nueve (2009).



VISTOS:


Dirime la Sala la colisión de competencias suscitada entre una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial y su homóloga Penal de Cundinamarca, en relación con la acción de tutela instaurada por el apoderado de la Cooperativa Mundial de Transportes Limitada “Cootransmundial ltda” contra el Ministerio de Transporte.


ANTECEDENTES:


1. El apoderado de la sociedad aquí accionante, la cual presta el servicio público de pasajeros de Bogotá-Soacha-Bogotá, señaló que el 20 de junio de 2007 de mutuo acuerdo con el propietario del vehículo de placa SFM-853 solicitó al Ministerio de Transporte su desvinculación, con el fin de hacer la reposición del mencionado automotor, trámite administrativo que el 25 de junio siguiente fue autorizado por la Directora Regional de Cundinamarca.


2. Agrega que estando en curso el proceso de desvinculación del rodante de placa SFM-853, la cartera ministerial referenciada expidió la resolución No. 2671 del 3 de 2007 que en su artículo 5° establece que


La solicitud de ingreso de un (1) vehículo nuevo, radicado con anterioridad a la vigencia de esta resolución, pendiente de decisión, podrá autorizarse siempre que se demuestre la desintegración física total de dos (2) vehículos de la misma clase, que se encuentren inscritos en el servicio de la ruta Bogotá-Soacha”


3. En vista de lo anterior, el apoderado de la Cooperativa Mundial de Transportes Limitada “Cootransmundial ltda” acudió a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá para que, previo los trámites constitucionales le proteja las garantías fundamentales al debido proceso, igualdad y derechos adquiridos, presuntamente vulnerados por el Ministerio de Transporte porque considera que con la resolución No. 2671 del 3 de julio de 2007 impidió que se hiciera la reposición del vehículo de placa SFM-853, si se tiene en cuenta que al exigir la desintegración física total de dos rodantes de la misma clase por uno a reponer, desconoce las previsiones establecidas en el Decreto 2659 de 1998.


4. La Corporación Judicial última referenciada, el 21 de abril de 2009...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR