AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43714 del 27-08-2014 - Jurisprudencia - VLEX 874170795

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43714 del 27-08-2014

Sentido del falloCONCEPTÚA DESFAVORABLEMENTE
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaCP145-2014
Número de expediente43714
Tribunal de OrigenEcuador
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
Fecha27 Agosto 2014
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL



GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

Magistrado Ponente


CP145-2014

Radicación N° 43714.

Aprobado acta No. 280.


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de agosto de dos mil catorce (2014).


VISTOS


Dentro del presente trámite de extradición que se adelanta respecto del ciudadano colombiano CRISTIAN FELIPE V.C., requerido por el gobierno de la República de Ecuador, le corresponde a la Corte emitir concepto, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 de la Ley 906 de 2004, toda vez que venció el término de traslado a los intervinientes para alegar, en desarrollo del cual se pronunciaron el delegado del Ministerio Público y la defensa.


ANTECEDENTES


1. Mediante la nota verbal No. 4-2-063/2014 del 11 de febrero de la cursante anualidad, la Embajada de la República de Ecuador en Colombia solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores de este país, la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano C.F.V.C., quien es requerido por el Tribunal Primero de garantías penales de El Oro, toda vez que el Juzgado Octavo de garantías penales de esa ciudad dictó auto de llamamiento a juicio en su contra, por el delito de tenencia ilegal de armas, el 17 de septiembre de 2010.


De igual manera, se hace saber que en contra del mencionado se emitió orden de captura y prisión preventiva, motivo por el cual se libró mandato de detención, en los términos del artículo 9° del Acuerdo Bolivariano de Extradición.


Los hechos que fundamentaron dichas decisiones ocurrieron el 2 de marzo de 2010 y son descritos en el pliego enjuiciatorio de la siguiente manera:


La presente causa tiene como antecedente, el parte policial suscrito por el Sbos. De policía J.Á.U., donde se solicita la orden de allanamiento a la Hacienda del ciudadano Hugo Loayza e hijos, ubicada en el Cantón Chilla. Una vez que el juez competente ha ordenado el referido allanamiento, se ha realizado el mismo al inmueble referido, donde se encontró a cuatro sujetos de nacionalidad Colombiana, en cuyo poder se encontraron varias armas de grueso calibre: Pistola CZ, Modelo 75, calibre 9 MM, Serie H5725, con su respectiva alimentadora, con 10 cartuchos; Una Pistola CZ, Modelo 75, Calibre 9MM, serie H6417, con su respectiva alimentadora, con 10 cartuchos; una Pistola Ruger M, 90, Calibre 9MM Parabellum, Serie 72654, Con su respectiva alimentadora, con 50 cartuchos y una carabina Mossberg, Modelo 88-12GA, Serie MV26923D, con su respectiva alimentadora con cartuchos; además en el interior de la vivienda se encontró más armamento, municiones, radios motorolas, cuchillos con sus respectivas vainas y celulares de diferentes marcas”.


Los sujetos capturados en el citado procedimiento, fueron identificados como D.Q.G., J.G.L., J.O.M.H. y C.F.V.C..


2. Con resolución del 11 de febrero de 2014, el señor F. General de la Nación (e) ordenó, para los fines indicados, la captura de V.C., quien había sido aprehendido en la ciudad de Pereira (Risaralda) el 4 de febrero anterior, ya que en su contra regía circular roja de la INTERPOL, expedida con fundamento en lo dispuesto por el citado despacho judicial ecuatoriano.


3. Posteriormente, mediante la nota verbal N° 4-2-173/2014 del 22 de abril de 2014, la referida representación diplomática del gobierno de Ecuador envió al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, el cuaderno de extradición activa del ciudadano colombiano C.F.V.C., formalizando así el pedido de extradición, para que responda por el delito de tenencia ilegal de armas que se juzga en el Tribunal Primero de garantías penales de El Oro.


Algunos de los documentos aportados por el país requirente, debidamente apostillados, son los siguientes:


  • Las aludidas notas verbales, por medio de las cuales el gobierno de la República de Ecuador solicitó la detención provisional de C.F.V.C. y oficializó el pedido de extradición.


  • Copia del acta de audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, en la cual se ordena la prisión preventiva para el requerido, el 30 de marzo de 2010.


  • Copia certificada del acta de audiencia preparatoria del juicio y fundamentación de dictamen, del 17 de septiembre de ese año.


  • Auto de llamamiento a juicio contra V.C., de la misma fecha.


  • Documentación con los datos de identidad del solicitado.


  • Texto de las normas del Código Penal ecuatoriano aplicables a este asunto.


4. Al encontrar perfeccionado el expediente la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, lo remitió a esta S., incorporando el concepto emitido por su homólogo de Relaciones Exteriores relativo a que entre las Repúblicas de Colombia y Ecuador está vigente el ‘Acuerdo sobre extradición’, suscrito en Caracas (Venezuela) el 18 de julio de 1911, en el marco del Congreso Bolivariano, aclarando que el ilícito por el cual se solicita a V.C. no se encuentra enunciado en éste tratado.


De la misma forma, dicho Ministerio consideró “pertinente traer a colación” la “Convención de Extradición” suscrita en Montevideo (Uruguay) el 26 de diciembre de 1933, precisando que la misma no es aplicable entre las Repúblicas de Colombia y Ecuador.


5. Recibida la actuación en la Corte el 6 de mayo de 2014 y provisto el reclamado con defensa adecuada, el 29 de mayo posterior se ordenó correr el traslado para pedir pruebas, término dentro del cual sólo ejerció dicha atribución la defensa.


Mediante auto del 9 de julio siguiente, la S. negó la solicitud probatoria elevada por el defensor del reclamado, pero de oficio ordenó requerir al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia con el fin de...

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