AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 52691 del 16-05-2018
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | AP1939-2018 |
Número de expediente | 52691 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal de Circuito con Función de Conocimiento de Medellín |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Fecha | 16 Mayo 2018 |
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO
Magistrado Ponente
AP1939-2018
Radicación Nº 52691
Acta No. 153
Bogotá, D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
ASUNTO
La Sala define la competencia para conocer de la actuación seguida contra WALTER SALAZAR AGUIRRE, quien aceptó el cargo que por falsedad material en documento público agravado le imputó la Fiscalía.
HECHOS
Los elementos fácticos con relevancia penal fueron reseñados en el escrito de acusación así:
«De los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida se tiene que, en los sectores conocidos como El Playón de los Comuneros, La Ranchería, V.N., Andalucía, La Francia, P.V., Santa Cruz y lugares vecinos a la ciudad de Medellín y los barrios Santa Rita y Zamora del Municipio de B. Antioquia, desde el año 2012 el señor W.S.A. alias CHEO o PEDRO… se concertó con…. para cometer conductas punibles como la de desplazamiento forzados, homicidios, tráfico de estupefacientes y extorsión manteniendo a la comunidad de estos sectores en un ambiente de pánico, terror, zozobra y desestabilizando las principales instituciones del Estado.
(…)
El día jueves 02 de noviembre de 2017, a esos de las 23:00 horas, en vía pública del sector M., jurisdicción del municipio de Yarumal- Antioquia, el señor WALTER SALAZAR AGUIRRE alias CHEO o PEDRO, se le presentó a funcionario de la policía nacional, con una tarjeta de preparación de la Registraduría Nacional del Estado Civil con el nombre de D.F.V.C.N.. 1.020.404.156 de B., documento este que fue sometido a prueba técnica ante un perito en documentología, el cual arrojó que no tiene las características de originalidad.
El señor W.S.A. alias CHEO o PEDRO, CONOCÍA que determinaba a otra a realizar la contraseña falsa y que la usaba presentándose ante funcionarios de la Policía Nacional y así quiso hacerlo por lo que su conducta efectivamente lesionó sin justa causa el bien jurídico tutelado de la fe pública»1 (subrayas fuera del texto principal)
ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE
En audiencia preliminar celebrada el 3 de noviembre de 2017 ante el Juzgado 4º Penal Municipal con Función de Control de Garantías -Ambulante- de Antioquia, la Fiscalía formuló imputación a WALTER SALAZAR AGUIRRE, atribuyéndole la autoría de las conductas típicas de concierto para delinquir agravado, en concurso heterogéneo...
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