AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 58544 del 26-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875207236

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 58544 del 26-05-2021

Sentido del falloDECRETA PRUEBAS
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente58544
Número de sentenciaAP2062-2021
Tribunal de OrigenEspaña
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
Fecha26 Mayo 2021



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado ponente


AP2062-2021

Radicación No. 58544

(Aprobado Acta No.127)


Bogotá, D.C., veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021).




ASUNTO


Resuelve la Corte las solicitudes probatorias formuladas por la defensa y la delegada del Ministerio Público, dentro del trámite de extradición que se adelanta contra JUAN DAVID SOTO JARAMILLO, cuya entrega reclama el Gobierno del Reino de España.




ANTECEDENTES


1.- Mediante Notas Verbales No. 416 y 422 del 24 y 25 de septiembre de 2020 el Gobierno del Reino de España, a través de su embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano JUAN DAVID SOTO JARAMILLO, identificado con cédula de ciudadanía No.1.088.321.091, quien está siendo requerido para comparecer ante «la sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid (España) por un delito contra la Salud Pública del artículo 368, del Código Penal Español vigente».


2.- Con la Nota Verbal No.481 del 27 de octubre de 2020, la Embajada del Reino de España formalizó la solicitud de extradición.


3.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 509 de la Ley 906 de 2004, la Fiscalía General de la Nación, con Resolución del 28 de septiembre de 2020, decretó la captura con fines de extradición del mencionado, quien fue aprehendido por miembros de la Policía Nacional en la ciudad de P., Risaralda, el 22 de septiembre del mismo año, con fundamento en la Notificación Roja de INTERPOL, con número de control A-5313/6-2020 de fecha 12/06/2020 publicada por España.


4.- La Cancillería, mediante oficio DIAJI No. 023009 del 3 de noviembre de 2020, remitió copia de la documentación pertinente y sus anexos a la Directora de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho.


5.- La Directora de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho hizo llegar el expediente a esta Corporación con oficio MJD-OFI20-0037766-DAI-1100 del 13 de noviembre de 2020.



6.- Por medio de auto del 5 de febrero de 2021, la Sala reconoció personería jurídica a la abogada E.N.G. de H. y, asimismo, ordenó surtir el respectivo traslado para la solicitud de pruebas, previsto en el artículo 500 de la Ley 906 de 2004.


7.- Dentro del término antes señalado, la apoderada judicial del requerido en extradición y la delegada del Ministerio Público, en aras de efectivizar la garantía judicial de la prohibición...

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