AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 59714 del 23-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875210215

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 59714 del 23-06-2021

Sentido del falloDEFINE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha23 Junio 2021
Número de sentenciaAP2520-2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
Número de expediente59714



DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN

Magistrado ponente AP2520-2021 Radicado N° 59714

Acta 158.


Bogotá D. C, veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021).


ASUNTOS


La Sala define el juez competente para conocer la audiencia de libertad por vencimiento de términos solicitada por el apoderado de José Omar Gutiérrez Pardo, Juan Carlos Henao, Haminton Castro Valderrama y Fredy Yesid Ortiz Suárez, dentro del trámite que es adelantado en contra de ellos y otros implicados1 por la presunta comisión de los reatos de Concierto para delinquir agravado, Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, Lavado de activos, Homicidio agravado, T. de homicidio y Fabricación, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios partes o municiones.


ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES


El 23 y 24 de mayo de 2019 la F. 112 de la Dirección Nacional de F.ías Especializadas contra las Organizaciones Criminales de Villavicencio imputó los anteriores cargos a los implicados, conforme su rol dentro del Grupo Delincuencial Organizado (GDO).


El 1 de junio de 2019 el Juzgado 1 Penal Municipal con Función Control de Garantías de Villavicencio impuso medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento penitenciario y carcelario a José Omar Gutiérrez Pardo, Juan Carlos Henao, Haminton Castro Valderrama y Fredy Yesid Ortiz Suárez, así como los demás compañeros de causa.


La aludida delegada de la F.ía General de la Nación presentó escrito de acusación el 18 de diciembre de 2019 contra los mencionados por los ilícitos de Concierto para delinquir agravado, Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, Lavado de activos, Homicidio agravado, T. de homicidio y Fabricación, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios partes o municiones.


El asunto correspondió al Juzgado 4 Penal del Circuito Especializado de Villavicencio. La verbalización sería llevada a cabo el 3 de agosto y 8 de octubre de 2020. Al existir confrontación entre los diferentes sujetos procesales que participaron en esas diligencias sobre el juez competente para conocer dicha actuación, el caso fue remitido a la Sala de Casación Penal.


La Corte dispuso que el funcionario competente para conocer la fase de juzgamiento del presente asunto era el Juez Penal del Circuito Especializado de Popayán (reparto), en providencia AP3076-2020, 18 nov. 2020, rad. 58391.


Pues, según el factor de la conexidad, se advirtió que el delito más grave es el Homicidio agravado, el cual, conforme el escrito de acusación, tuvo ocurrencia en Miranda (Cauca), pues fue «allí donde, presuntamente, algunos miembros de la organización delictiva desenfundaron sus armas de fuego propinando múltiples disparos en contra de la humanidad de Jhon Jairo Cañón Espitia, su compañera sentimental y su menor hijo, habiendo fallecido el primero y quedando heridos los demás.»


Así, se explicó que dicha territorialidad, según el mapa judicial, corresponde al Circuito de Puerto Tejada, el que, a su vez, pertenece al Distrito Judicial de Popayán.


Desde aquella data hasta acá, el fallador de conocimiento ha adelantado cuatro (4) sesiones de audiencia de formulación de acusación, donde ha habido observaciones al escrito de acusación, con las consecuentes modificaciones y aclaraciones; interposición de nulidades; y postulación de recusaciones frente a la F. 112 de la Dirección Nacional de F.ías Especializadas contra las Organizaciones Criminales de Villavicencio.


De ese modo, la F.ía General de la Nación todavía no ha logrado formular acusación contra José Omar Gutiérrez Pardo, Juan Carlos Henao, Haminton Castro Valderrama y Fredy Yesid Ortiz Suárez, así como sus demás compañeros de causa.


El 10 de mayo de 2021 el apoderado de tres (3) de los mencionados (no se sabe cuál de ellos) pidió -por primera vez- la libertad por vencimiento de términos ante el Juzgado 2 Penal Municipal ambulante con función de control de garantías de Popayán, quien negó tal solicitud, tras estimar que no encontraba cumplido el plazo para ese fin.


El 27 de mayo siguiente el mismo defensor invocó -por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR