AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57934 del 28-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876875940

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57934 del 28-04-2021

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente57934
Número de sentenciaAP1592-2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cundinamarca
Tipo de procesoCASACIÓN
Fecha28 Abril 2021



FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente




AP1592 - 2021

Casación No. 57934

Acta No. 98





Bogotá, D.C., veintiocho (28) de abril de dos mil veintiuno (2021).



  1. VISTOS



La Corte se pronuncia sobre la admisión de la demanda de casación presentada por la defensa de José Alirio Vega Pedroza, contra la sentencia emitida el 16 de enero de 2020 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, que confirmó la proferida el 29 de octubre de 2019 por el Juzgado Penal del Circuito de Descongestión con Función de Conocimiento de Funza (Cundinamarca) que, por aceptación de culpabilidad unilateral, lo condenó como autor del punible de homicidio agravado tentado.

  1. ANTECEDENTES


    1. Fácticos


Aproximadamente a la 01:00 a.m. del 6 de agosto de 2016, en el bar de razón social «Centenario», ubicado en el barrio Centro, zona urbana del municipio de Mosquera (Cundinamarca), previa discusión verbal entre dos grupos que allí departían, mediante la utilización de arma corto punzante (cuchillo), José Alirio Vega Pedroza sorpresivamente atacó por la espalda a Juan José Bernal Cristancho infligiéndole múltiples lesiones que interesaron la pleura y el pulmón derecho y que, dada su letalidad, comprometieron su vida, de no ser por la oportuna atención médico–quirúrgica que impidió su deceso.


2.2 Procesales


En audiencia preliminar celebrada el 20 de marzo de 2018 bajo la dirección del Juzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías de aquella localidad, la fiscalía formuló imputación en contra de Vega Pedroza como autor del delito de tentativa de homicidio agravado (artículos 27, 103, y 104 numeral 7 del Código Penal), cargos que fueron aceptados por el imputado de manera libre consciente y voluntaria. La fiscalía no solicitó la imposición de alguna medida de aseguramiento1.


Recibidas las diligencias por el Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Funza (Cundinamarca), el 29 de abril de 2019 agotó la audiencia de verificación de allanamiento a la imputación e inició la de individualización de pena y sentencia2, la cual culminó el 1° de agosto siguiente3.


La sentencia de rigor finalmente se profirió el 29 de octubre de igual anualidad por el Juzgado Homólogo de Descongestión de la misma municipalidad y, en ella4, la judicatura condenó a José Alirio Vega Pedroza como autor de la aludida conducta e impuso las penas de 100 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso que la corporal. Negó cualquier mecanismo sustitutivo de la sanción intramural y ordenó su captura.


Apelada por la defensa, en lo concerniente a la dosificación punitiva y a la negativa de la concesión de la prisión domiciliaria como padre cabeza de familia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca desató la alzada a través de fallo de fecha 16 de enero de 20205, en el sentido de...

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