AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60016 del 10-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878630311

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60016 del 10-11-2021

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha10 Noviembre 2021
Número de expediente60016
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Manizales
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP5380-2021
SDS

CUI 17001610679920168103701

Número interno 60016

CASACIÓN



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente



AP5380-2021

R.icación # 60016

Acta 294


Bogotá D.C., diez (10) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS:


Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por el defensor de MAURICIO ANTONIO CARDONA ROMÁN contra la sentencia proferida por el Tribunal de Manizales el 24 de mayo de 2021, confirmatoria de la dictada el 9 de noviembre de 2018 por el Juzgado 1 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de la misma ciudad, a través de la cual lo condenó como autor del delito de hurto calificado.



HECHOS:

Aproximadamente a las 10:30 de la noche del 8 de marzo de 2016, en una calle del Barrio Cervantes de Manizales, cuando M.D.V.R. estaba próxima a ingresar a su residencia, M.C. la amenazó con unas tijeras y le arrebató su bolso, en el cual portaba un celular, dinero en efectivo, sombrilla, loción y las llaves de la casa, para luego huir.


ACTUACIÓN PROCESAL:


En audiencia realizada el 28 de marzo de 2017 ante el Juzgado 3 Penal Municipal con función de control de garantías de Manizales se declaró legal la captura de M.C., a quien la Fiscalía imputó la comisión del delito de hurto calificado. El ente acusador retiró la solicitud de medida de aseguramiento y se dispuso la libertad inmediata del referido ciudadano.


R.icado el escrito de acusación el 25 de mayo de 2017, la correspondiente audiencia se realizó el 28 de agosto siguiente, en la cual la Fiscalía mantuvo la citada imputación jurídica (artículos 239 inciso 2 y 240-2 de la Ley 599 de 2000).


Una vez surtido el debate oral, el 9 de noviembre de 2018 el Juzgado 1 Penal Municipal con función de conocimiento de Manizales profirió fallo, condenando a M.C. ROMÁN a 96 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, como autor del delito objeto de acusación. Le fue negada la condena de ejecución condicional y la prisión domiciliaria.


Recurrida tal determinación por la defensa, el Tribunal Superior de Manizales la confirmó mediante la sentencia recurrida en casación, dictada el 24 de mayo de 2021.


LA DEMANDA:


Con base en la causal segunda de casación establecida en el artículo 181 de la Ley 906 de 2004, el defensor manifestó que se violaron los derechos al debido proceso y defensa de su asistido, pues en el fallo no se resolvieron “los pedimentos de la defensa por inoportunos o extemporáneos, dentro de un proceso que no terminó anticipadamente”, “además de que la circunstancia de atenuación punitiva del artículo 268 del Código Penal no está excluida entre las peticiones en sede de la audiencia del artículo 447 de la Ley 906 de 2004, estando debidamente acreditada en el plenario”.


Fueron quebrantados los artículos 29 de la Constitución, 8.2.b de la Convención de San José de Costa Rica y 14-3-a del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.


En la demostración de la censura adujo que la víctima declaró que los hechos ocurrieron en el año 2016, el 7 o el 8 de mayo, y denunció el 9, fecha que reiteró al ser interrogada por la defensa, pero en la acusación se dijo que los sucesos tuvieron lugar el 8 de marzo de dicho año.


El monto de lo hurtado fue inferior a un salario mínimo, que en 2016 correspondía a $689.455 pesos.


El acusado no tiene antecedentes penales, según lo dejó claro la Fiscalía en el juicio.


Refirió el recurrente que la defensa alegó que el procesado no fue identificado como autor de los hechos con prueba directa, pues la víctima y única testigo “no acreditó los reconocimientos fotográficos realizados, estos fueron presentados en audiencia, sin que se realizara una verdadera...

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