AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60265 del 03-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878816683

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60265 del 03-11-2021

Sentido del falloDECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL
EmisorSala de Casación Penal
Fecha03 Noviembre 2021
Número de expediente60265
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP5322-2021



HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente


AP5322-2021

Radicado No.60265

Aprobado Acta No.287


Bogotá D.C., tres (3) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)


  1. ASUNTO


Resuelve la Sala la solicitud de preclusión que realiza la apoderada de víctimas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- dentro del proceso seguido contra LUIS JESÚS CAÑAS MONTAGUTH, recibida el 15 de octubre de 2021 informando el pago de las obligaciones tributarias objeto de denuncia.


  1. HECHOS



Las sentencias de primera y segunda instancia los consignaron de la siguiente forma:

LUIS JESÚS CAÑAS MONTAGUT, en calidad de gerente de la sociedad limitada denominada PARAVIVIENDA, era el responsable de cumplir con la obligación de consignar las sumas declaradas a favor de la DIAN por concepto de ventas del año 2014, períodos 1, 2 y 3, en su orden, en cuantía de $ 1'890.000, $25'439.000 y $ 24.135.000, más los intereses moratorios, las cuales omitió pagar.”


  1. ACTUACIÓN PROCESAL


    1. El 18 de septiembre de 2017, se le formuló imputación a LUIS JESÚS CAÑAS MONTAGUTH, en el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta, como autor del delito de Omisión del agente retenedor o recaudador1. No hubo aceptación del cargo.


3.2. El escrito de acusación se radicó el 4 de diciembre de 20172 y la formulación se hizo el 28 de febrero de 2018 siguiente en el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cúcuta3.


3.3. El 22 de junio de 2018 inició la audiencia preparatoria y culminó el 8 de agosto de 20184. El juicio oral inicio el 18 de octubre de 20195. La defensa apeló negación de prueba sobreviniente y el 28 de febrero de 2020 el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta confirmó el auto apelado6. La audiencia de juicio oral finalizó el 7 de mayo de 2021 con sentido de fallo condenatorio y la lectura de la sentencia.7


    1. Se condenó al acusado como autor de la conducta punible de Omisión del agente retenedor o recaudador a la pena principal de 48 meses de prisión y multa de ciento dos millones novecientos veintiocho mil pesos ($102.928.000). La pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas se impuso por el mismo término de la sanción principal. La suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria le fueron negadas8. La decisión fue apelada por la defensa.



    1. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta el 29 de julio de 2021 confirmó la condena,9 y el defensor interpuso el recurso extraordinario de casación.



    1. Hallándose el expediente al despacho para definir la admisibilidad de la demanda de casación, se recibió mediante correo electrónico solicitud de preclusión presentada por la apoderada de víctimas de la DIAN, doctora R.D.R., abogada de la División Jurídica...

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