AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 58605 del 24-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879225648

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 58605 del 24-11-2021

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha24 Noviembre 2021
Número de expediente58605
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Ibagué
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP5601-2021




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado Ponente


AP5601-2021

R.icación Nº 58605

Acta No. 307



Bogotá D.C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).



ASUNTO


La Sala se pronuncia sobre la admisión de la demanda de casación formulada por el defensor de Nohora Esperanza C.F., contra la sentencia del 21 de septiembre de 2020, por medio de la cual el Tribunal Superior de Ibagué confirmó la que en sentido condenatorio y por el delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, emitió el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de esa ciudad.

HECHOS


Fueron resumidos en el fallo de segundo grado, así:


«El día 27 de febrero de 2015, la DEA mediante escrito puso en conocimiento la existencia de una organización criminal dedicada al tráfico de sustancias químicas controladas que eran destinadas para la producción de narcóticos, organización de la que hacían parte los señores Ílver Suárez Forero, B.P.B., José Jairo Suárez Ulloa, I.E.A.V., O.H.R. Ortiz, entre otros.


Para el cumplimiento de estos fines utilizaban vehículos tipo camión, a los cuales se les acondicionaban compartimientos secretos (caletas) para ocultar sustancias ilícitas; precisamente, uno de esos vehículos, fue facilitado por la señora NOHORA ESPERANZA CONTRERAS FLÓREZ, quien prestó un camión tipo tractomula, cuyo cabezote se utilizó para acondicionar un remolque para el transporte ilícito de sustancias químicas controladas.


Justamente, el día 20 de septiembre de 2017, las autoridades en puesto de control, ubicado en la vía que conduce de El Espinal hacía Ibagué, siendo las 18:35 horas, procedieron a realizar señal de pare al vehículo marca Kenworth de placas XVH 544, color azul, modelo 1993 conducido por el señor F.R.L., y facilitado por la imputada, donde fueron hallados tres (3) contenedores con 189 recipientes de plástico de color azul con capacidad de 7,5 galones cada uno, para un total de 9.683 kilogramos de ácido sulfúrico y 4 recipientes de color blanco para un total de 69,4 kilogramos de ácido clorhídrico, motivos por los cuales fue vinculada a la presente investigación.»


ANTECEDENTES


1. Por los anteriores sucesos, el 8 de mayo de 2018, ante el Juzgado 40 Penal Municipal con función de Control de Garantías de Bogotá, previa legalización de captura, se celebró audiencia de formulación de imputación en contra de Nohora Esperanza C.F.1 a quien se le atribuyó el delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, en su modalidad de transporte (artículo 382 del Código Penal), al cual se allanó. No se impuso medida de aseguramiento restrictiva del derecho de libertad.


2. El 19 de julio de 2018, la Fiscalía presentó escrito de acusación en contra de la citada, el cual correspondió al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Ibagué.


3. En diligencia del 14 de noviembre de 2018, el despacho cognoscente verificó el allanamiento, corrió el traslado del artículo 447 de la Ley 906 de 2004 y dictó sentencia en contra de Contreras Flórez, a quien declaró responsable del delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos. Consecuente con ello, le impuso 48 meses de prisión y 1500 salarios mínimos legales...

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