AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57814 del 05-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 899304858

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57814 del 05-03-2021

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente57814
Fecha05 Marzo 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoREVISIÓN
Número de sentenciaAP805-2021




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado ponente



AP805-2021

Radicación N° 1389/57814A

(Aprobado Acta No. 054)



Bogotá D.C., cinco (05) de marzo de dos mil veintiuno (2021).



ASUNTO:



Se pronuncia la Corte sobre la admisión de la demanda de revisión presentada en nombre del sentenciado R.V.D. contra el fallo del 8 de marzo de 2019, a través del cual el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena que en relación con dicho acusado profirió el Juzgado 14 Penal del mismo circuito el 11 de octubre de 2018, por el punible de actos sexuales con menor de 14 años, agravado.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL:



1. Según reseñó la Sala en anterior oportunidad, “a finales de 2016 (noviembre o diciembre), durante la época de vacaciones escolares, R.V.D. alojó por cuatro (4) días en su casa, situada en un barrio del sector de K. de Bogotá, a sus nietos, uno de ellos una niña, en aquel entonces de nueve (9) años de edad.



En cierta ocasión, R.V.D. invitó a su nieta a ver televisión en la cama con él. Cuando la niña se acostó a su lado, él la tapó con una cobija y aprovechó para tocarle la entrepierna por debajo de su ropa interior”.



2. Por tales sucesos, la Fiscalía formuló imputación el 1º de septiembre de 2017 a R.V.D. por el delito de actos sexuales con menor de 14 años, agravado por el parentesco, según los artículos 209 y 211 numeral 5º, de la Ley 599 de 2000, mismo por el cual fue acusado en audiencia celebrada el 18 de diciembre de 2017 ante el Juzgado Catorce Penal del Circuito de Bogotá, despacho que el 11 de octubre de 2018 lo condenó a la pena principal de 12 años de prisión como autor del citado punible y sin concederle subrogado penal alguno dispuso su captura.



3. Apelado el fallo por la defensa, el Tribunal Superior de Bogotá lo confirmó en sentencia del 8 de marzo de 2019, la cual a su turno fue objeto del extraordinario de casación interpuesto por el mismo sujeto procesal; sin embargo, su demanda fue inadmitida por la Corte en auto del 6 de agosto de 2019.

LA DEMANDA:



En escrito dirigido al “Consejo de Estado-Sala de revisión de sentencias ejecutoriadas, presidentes y consejeros”, la apoderada de R.V.D. dice formular, de acuerdo con el artículo 192, numerales 5º y , de la Ley 906 de 2004, el “recurso extraordinario de revisión” en contra de la reseñada sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá a fin de conocer “cuál es la posición actual de la Corte Suprema de Justicia...

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