AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala Especial de Primera Instancia nº 00647 del 09-02-2023 - Jurisprudencia - VLEX 925956304

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala Especial de Primera Instancia nº 00647 del 09-02-2023

Sentido del falloREMITE
EmisorSala Especial de Primera Instancia
Fecha09 Febrero 2023
Número de expediente00647
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala Especial de Primera Instancia
Tipo de procesoPRIMERA INSTANCIA AFORADOS
Número de sentenciaAEP023-2023




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA


J.E.C. VERA

Magistrado Ponente


AEP 023-2023

Radicación N° 00647

Aprobado mediante Acta No. 16


Bogotá D.C., nueve (09) de febrero de dos mil veintitrés (2023).


I.- ASUNTO


Decide la Sala acerca de la competencia para proseguir con el juicio que se adelanta contra el exsenador RODOLFO HERNÁNDEZ SUÁREZ como probable autor del delito de VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE REUNIÓN Y ASOCIACIÓN.


II.- HECHOS


Según se extrae del escrito de acusación1, a través de denuncia formulada por los sindicatos de trabajadores del municipio de Bucaramanga, SINTRAMUNICIPIO, SINTRAOBRAS y ASTDEMP, se conoció que durante el período constitucional comprendido entre 2016 a 2019, el señor RODOLFO HERNÁNDEZ SUÁREZ actuando como alcalde de ese municipio, expidió el Decreto 0055 del 2 de mayo de 2016 por el cual reclasificó unos empleos y suprimió 27 cargos de trabajadores oficiales de esa entidad territorial; así mismo, con Resolución 0270 del 3 de mayo de 2016 incorporó a esos mismos 27 trabajadores oficiales pero como empleados públicos en provisionalidad, siendo que de estos, ocho (8) hacen parte de la junta directiva de SINTRAOBRAS y tenían fuero sindical, en tanto el señor J. de la Cruz Villalba desde julio de 2015 se hallaba en incapacidad con un 69% de pérdida de su capacidad laboral y también se encontraba cobijado por el fuero sindical. La condición de trabajadores oficiales además de su vinculación al sindicato les proveía beneficios de la convención colectiva de trabajo y mejor connotación laboral, prestacional y de movilidad laboral, por lo que los actos administrativos violarían su derecho a la asociación sindical, más cuando no fueron aprobados por el concejo municipal.


III.- ANTECEDENTES PROCESALES:


1.- El 14 de abril de 2021 la Fiscalía Segunda Local Delegada del Grupo de Delitos Querellables de Bucaramanga, radicó ante los Juzgados Penales Municipales de esa ciudad, traslado de escrito de acusación en contra de RODOLFO HERNÁNDEZ SUÁREZ, Alexander Efraín Barbosa Fuentes, F.A.G.M. y L.P.C.G., por el delito de VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE REUNIÓN Y ASOCIACIÓN, conforme a lo indicado en el artículo 536 de la Ley 906 de 2004 (adicionado por el artículo 13 de la Ley 1826 de 2017) dado que la actuación debió surtirse por el “procedimiento especial abreviado”2.

2.- La actuación fue asignada al Juzgado Séptimo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bucaramanga3, el cual adelantó la audiencia concentrada (art. 542, Ley 906/04) para el 24 de junio4, 2 de agosto5 y 25 de octubre de 20216, fecha esta última donde se comunicaron estipulaciones probatorias y las partes elevaron solicitudes probatorias testimoniales y documentales.


3.- El juicio oral se inició el 27 de abril de 2022, donde se ratificaron las estipulaciones probatorias y se dio inicio a la práctica de pruebas, por lo que se escuchó a los testigos de la Fiscalía: R.J.M., J.d.C.M.F., Noyoliz Jiménez Siderol, G.S.M. y Edgar Mauricio Ramírez Cáceres7.


4.- El 26 de julio de 2022 se continuó con la audiencia de juicio oral, donde la Juez dispuso la ruptura de la actuación procesal y la remisión de copia del expediente a esta Sala dado el advenimiento de la condición de congresista de H.S., atendiendo lo dispuesto en los artículos 186 y 235 de la Constitución Política. En esa misma oportunidad, señaló que continuaría conociendo acerca de los otros acusados arriba indicados y en efecto escuchó los testimonios de Pedro Jesús Flórez Ortiz y G.M..


5.- El 4 de agosto de 2022 se allegó a esta Sala la actuación, para la continuación del juicio9.

6.- Con Auto del 21 de septiembre de 2022, se subrayó la competencia de esta Sala para conocer del juzgamiento de HERNÁNDEZ SUAREZ, se dispuso la continuación del juicio oral conforme a lo previsto en los artículos 534 a...

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