AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 65043 del 30-10-2023 - Jurisprudencia - VLEX 953568868

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 65043 del 30-10-2023

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaAHP3159-2023
Fecha30 Octubre 2023
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoHÁBEAS CORPUS
Número de expediente65043



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


AHP3159-2023

Radicación 65043



Bogotá, D. C., treinta (30) de octubre de dos mil veintitrés (2023).



VISTOS:


Se resuelve la impugnación interpuesta por María Ángela Campo Cantillo, madre de BRAYAN ESTEBAN P. CAMPO, privado de la libertad en la Cárcel Modelo de Bogotá, contra el auto del 26 de octubre de 2023, mediante el cual un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá le negó la acción de hábeas corpus.


ANTECEDENTES:


En criterio de la madre, BRAYAN ESTEBAN P. CAMPO se encuentra privado de la libertad ilícitamente. En sustento, adujo que cumplió la pena de 20 meses de prisión impuesta por el Juzgado 34 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá tras hallarlo penalmente responsable de la comisión del delito de hurto calificado, radicado 2021-0036300.


Manifestó la accionante que el Juzgado 27 de Ejecución de Penas de esta ciudad, mediante providencia del 25 de octubre de 2023, le otorgó al mencionado la libertad por pena cumplida.


Pretende, en consecuencia, que se ordene a las autoridades judiciales competentes conceder su libertad inmediata.


TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:


El Tribunal de primera instancia negó la acción, al concluir que la demanda no está sustentada en una detención o en una prolongación ilegal de la libertad.


Explicó que, acorde con las respuestas otorgadas por las autoridades involucradas en el presente trámite, BRAYAN ESTEBAN P. CAMPO se encuentra privado de la libertad con sustento en un requerimiento del Juzgado 27 de Ejecución de Penas de Bogotá para el cumplimiento de la pena de 20 meses impuesta por el Juzgado 34 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá tras hallarlo responsable de la comisión del delito de hurto calificado y agravado tentado, dentro del proceso penal que se adelantó en su contra bajo radicado 2021-0357400.


Así mismo, determinó que P. CAMPO estuvo privado de la libertad con sustento en la medida de aseguramiento dictada en su contra el 30 de agosto de 2021 por el Juzgado 1° Penal Municipal con Funciones de Control de Garantía de Barranquilla, la cual fue revocada por el Juzgado 19 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantía de esa misma ciudad mediante decisión del 25 de octubre de 2023, al establecer que se encontraban vencidos los términos para formular acusación dentro del proceso penal que se adelanta en su contra por los delitos de tentativa de homicidio agravado y tráfico, fabricación o porte de armas de fuego agravado, radicado 2021-0036300 (radicado matriz 2016-8054800).


En ese orden de ideas, expuso que, a pesar de que a BRAYAN ESTEBAN P. CAMPO le fue otorgada la libertad por...

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