AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 64220 del 29-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 954552592

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 64220 del 29-08-2023

Sentido del falloDIRIMIR LA COLISIÓN
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaAP2574-2023
Fecha29 Agosto 2023
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito Especializado de Antioquia
Tipo de procesoCOLISIÓN DE COMPETENCIA
Número de expediente64220

J.H.D.S.

Magistrado Ponente

AP2574-2023

Radicado No. 64220

(Aprobado Acta No. 163)

Bogotá, D. C., veintinueve (29) de agosto de dos mil veintitrés (2023).

ASUNTO

Se pronuncia la Corte sobre la colisión negativa de competencia suscitada entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, y el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Antioquia, los cuales rehúsan conocer del asunto para proferir el correspondiente fallo, dentro del trámite de extinción de dominio adelantado respecto de diversos bienes que figuran a nombre de G.D.R.M., M.W.O.C., E.E.B.F., H.F.C.M., J.G.C.T., L.F.R.A., T.E.R.A., D.S.C.S., F.E.B.F., E.R.F. de B. (en adelante «los afectados»)

HECHOS

En la demanda de extinción de dominio se presentan así:

«Se tiene dentro de la iniciativa investigativa, presentada por la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional (DIRAN) a la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio (DEEDD), acerca de personas integraban un Grupo de Delincuencia Organizada-GDO, que realizaba actividades tendientes a la compra, venta, transporte, empaque, camuflaje y posterior envío de sustancias estupefacientes; información que deriva de las investigaciones penales con radicada 520016000485-201604861 a cargo de la Fiscalía 7 Seccional Seguridad Pública de Pasto, N., del caso con radicado 520016000485-201606108 a cargo de Fiscalía 11 Seccional Unidad de Fe Publica de Pasto, N.. Y el Rad: 664006000054-201800395 a cargo de la Fiscalía 3 de la Unidad Especializada de P., así como también de oficio de fecha 06 de abril de 2015, proveniente de la Oficina del Departamento de Justicia y Administración Antidrogas de los Estados Unidos DEA, en el que puso en conocimiento a la Dirección Nacional Especializada Antinarcóticos y Lavado de Activos de la Fiscalía General de la Nación de la posible existencia de una red de tráfico de sustancias estupefacientes desde Colombia hacia Centro América y los Estados Unidos, integrada por personas que tendrían por centro de operaciones los departamentos de H., Tolima y la ciudad de Bogotá D.C, Con ocasión de la mencionada información, y para el oportuno direccionamiento de las diferentes acciones investigativas fue expedida resolución asignando el radicado penal 110016000098201500102, del cual, se emanó la ruptura procesal con número 110016000096201600279 a cargo de la Fiscalía 12 de la Dirección Nacional Especializada Antinarcóticos y Lavado de Activos, da cuenta la iniciativa investigativa del comunicado oficial de fecha 15 de marzo de 2021, suscrito por el señor P.E.Y.B.G., Investigador Criminal de la Unidad investigativa Contra la Heroína, adscrito al Grupo de Investigación Criminal SIJIN-DIRAN; donde reporta los avances investigativos de la operación la Gaitana, en la cual se identifica la organización delictiva conformada por seis personas identificadas como: M.F.R. C.C 87575306; H.F.C.M. C.C 12262724; M.W.O.C. C.C 87574332; E.E.B.F. C.C 87570842; G.D.R.M. C.C 71588990 y J.G.C.T. C.C 1676383, a quienes de acuerdo con los actos de investigación y elementos materiales probatorios en el proceso penal No. 110016000098201600279, adelantado por el Fiscal 12 D.E.C.N, se les logró establecer participación en actividades ilícitas».

ASPECTOS PROCESALES RELEVANTES

  1. Mediante resolución de 0399 del 9 julio de 2021, la Dirección Especializada de Extinción del Derecho Dominio asignó la investigación 1100160099068202100269 a la Fiscalía 16 de dicha especialidad de Bogotá. Asimismo, se dispuso dar inicio a la fase del trámite de extinción de dominio y la práctica de algunas pruebas

  1. En resolución de 2 de marzo de 2022, la delegada del ente acusador decretó las medidas cautelares de «SUSPENSIÓN DEL PODER DISPOSITIVO, EMBARGO y SECUESTRO» sobre los siguientes bienes

2.1. Inmuebles:

No

Caracterización del bien

No Matricula

Municipio de Ubicación

Titular del dominio

1

Apartamento

240-299618

Pasto- Nariño

Menandro William Osando Cabrera

2

Parqueadero

240-280456

Pasto- Nariño

Menandro William Osando Cabrera

3

Apartamento

037-64212

Yarumal-Antioquia

Tatiana Eugenia Rendón Areiza

4

Apartamento

037-64213

Yarumal-Antioquia

Tatiana Eugenia Rendón Areiza

5

Apartamento

037-64214

Yarumal-Antioquia

T.E.R.A.

6

Apartamento

037-64215

Yarumal-Antioquia

Tatiana Eugenia Rendón Areiza

7

Lote

240-43376

Pasto- Nariño

Elvia Rene Fajardo Benavides

8

Lote

240-261655

Pasto- Nariño

Elvia Rene Fajardo Benavides

9

Lote

120-65932

Popayán-Cauca

D.S.C.S.

10

Lote

132-28013

Santander de Quilichao- Cauca

Diana Shirley Cifuentes Serrato

...

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