Auto J-1060 - 9 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128605

Auto J-1060

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Fe de Bogotá, D.C.
Número de Boletín43774

DIARIO OFICIAL 43.774 AUTO J-1060 19/10/1999 por medio del cual se inicia una actuación administrativa. La suscrita Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Fe de Bogotá, Zona Centro, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto-ley 1250 de 1970 y 01 de 1984, y CONSIDERANDO: Que mediante oficio radicado en esta Oficina con el número 8095 de 24-05-99 el señor Luis Alejandro Urazán Gómez solicita unificación y aclaración de los números de matrícula inmobiliaria 050-75594, 050-1069853 que identifican actualmente al inmueble de la carrera 25 N° 23-15 y 23-19 (sic.); Que mediante Oficio CT 301 de 22-09-99 la coordinadora de certificación remite en Rip-20 tradición del inmueble y certifica en cuanto al Antiguo Sistema que aparecen asignados por duplicidad para el inmueble de la carrera 25 N° 23-15 y 23-29 las matrículas 050-75594 y 050-1069853. De la tradición certificada por Antiguo Sistema se concluye que el inmueble fue adjudicado a Simón Urazán y Pilar Teresa Urazán Rodríguez según sentencia de 08-06-64 proferida por el Juzgado 2° Civil del Circuito de Bogotá en la sucesión de Martina Rodríguez viuda de Urazán. Verificada la tradición en los folios real y magnético se establece que en la matrícula 050-75594 fueron registradas la sucesión de Simón Urazán P. a favor de Pilar Teresa Urazán Rodríguez según sentencia de 26-11-71 Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá y la sucesión de esta última mediante la cual se adjudicó pleno dominio sobre todo el bien a favor de Jorge Eduardo, Martha Isabel y Luis Alejandro Urazán Gómez según Escritura 3721 del 30-12-98, Notaría 14 de Santa Fe de Bogotá. Por otro lado en la matrícula 050-1069853 se registraron el Oficio 2476 del 25-10-90 del Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá referente a demanda de Jorge Enrique Urazán Rodríguez contra herederos de Simón Urazán y Pilar Teresa Urazán Rodríguez; y la sentencia de sucesión de 14-02-92 de Pilar Teresa Urazán Rodríguez proferida por el Juzgado 14 de Familia mediante el cual se adjudica derechos de cuota a favor de Jorge Enrique Urazán y Ana Urazán de Cortés. El folio 050-75594 fue abierto el 23-10-72 con base en el turno 72066476 y el 050-1069853 el 25-05-87 con base en la radicación 87-128219, tratándose del mismo bien, al unificar las matrículas citadas se deduce una inconsistencia respecto a las anotaciones referentes a las dos sucesiones de Pilar Teresa Urazán Rodríguez, pues...

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