Auto J-1104 - 29 de Enero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43218601

Auto J-1104

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D.C., Zona Centro
Número de Boletín45806

Expediente 1563

La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Centro, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el Decreto-ley 01 de 1984, Decreto 1250 de 1970,

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficio de fecha 03-08-04 el Coordinador del Grupo de Jurídica remite a esta Sección Abogados Especializados el J-1104/04, en el que según turno de corrección 2004-8076, se solicita se incluya el registro de la escritura de venta 5272 del 30-10-96 Notaría 4ª de Bogotá, turno 1996-106247 de 25-11-96 en el folio de matrícula 050C-313596, donde se inscribió embargo según Oficio 2684 del 16-12-03 Juzgado 62 Civil Municipal Bogotá al anterior propietario turno 2004-9167 del 02-02-04;

Los artículos 5° y 82 Decreto-ley 1250 de 1970, establecen que cada inmueble debe identificarse con un número de matrícula inmobiliaria la cual debe abrirse y llevarse de modo que se ajuste a lo dispuesto en el estatuto registral de manera que exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien;

Por lo tanto, para subsanar las inconsistencias señaladas, se agotará, previamente, el trámite de la actuación administrativa de que trata el Libro 1°, Título Primero del C. C. A. dado que existen terceros determinados que puedan verse afectados con la decisión que se adopte;

Por lo expuesto, este despacho,

DISPONE:

Artículo 1° Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula 050C313596.
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