Auto nº 001 de Corporación Autonoma Regional del Cesar, 07-01-2021 - Normativa - VLEX 906199882

Auto nº 001 de Corporación Autonoma Regional del Cesar, 07-01-2021

Fecha07 Enero 2021
EmisorCoordinador del Git para la Gestión de Pml, Respel Y Cop
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CESAR
-CORPOCESAR-
www.corpocesar.gov.c o
Kilómetro 2 vía La Paz. Lote 1 U.I.C. Casa e´ Campo. Frente a la Feria Ganadera Valledupar-Cesar
Teléfonos +57- 5 5748960 - 018000915306
Fax: +57 -5 5737181
CODIGO: PCA-04-F-17
VERSIÓN: 1.0
FECHA: 27/02/2015
AUTO No. 001
7 de enero de 2021
Por medio del cual se avoca conocimiento del Plan de Contingencia para el Control de Derrames en
el Manejo de Hidrocarburos y Sustancias Nocivas, presentado por el establecimiento denominado
ESTACIÓN DE SERVICIO PERIJÁ, con identificación tributaria No. 8000109600, ubicado en el
Municipio de Codazzi - Cesar. Para las actividades de comercio al por menor y detal de combustible
para automotores la cual corresponde a la venta de combustibles líquidos como biodiesel, gasolina y
gas natural vehicular, con el fin de adelantar las correspondientes diligencias de control y seguimiento
ambiental”.
El Profesional Universitario Coordinador para la Gestión de PML, RESPEL y COP de la Corporación
Autónoma Regional del Cesar “CORPOCESAR”, en ejercicio de sus funciones y de conformidad
con lo dispuesto en la Resolución No 0565 del 30 de junio de 2017 , parcialmente modificada por
Acto Administrativo No 0099 del 4 de marzo de 2020, emanadas de la Dirección General de esta
entidad y
CONSIDERANDO
Que el señor JOSE HELMER NIETO LEÓN, identificada con la CC No. 12.485.015, en calidad de
representante legal del establecimiento denominado la ESTACION DE SERVICIO PERIJÁ, con
identificación tributaria No. 8000109600, presentó a Corpocesar el documento denominado Plan de
Contingencia para el Control de Derrames en el Manejo de Hidrocarburos y Sustancias Nocivas,
ubicado en el Municipio de Codazzi - Cesar. Con el plan en mención se aportaron los siguientes
documentos:
Estudio contentivo del Plan de Contingencias en medios físicos y magnéticos.
Certificado de cámara de comercio
Fotocopia del Registro Único Tributario
Formatos e inspecciones.
Que por mandato del Numeral 2 del Artículo 31 de la ley 99 de 1993, corresponde a Corpocesar
ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción.
Que por mandato del Numeral 12 del articulo 31 de la Ley 99 de 1993, compete a las Corporaciones
Autónomas Regionales “ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de
los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual
comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos
y gaseosos, a las aguas a cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos
o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los
recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos”.
Que el articulo 7 del decreto No 050 del 16 de Enero de 2018, modifica el Artículo 2.2.3.3.4.14. del
Decreto 1076 de 2015, el cual reza lo siguiente :
ARTÍCULO 2.2.3.3.4.14, Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames Hidrocarburos o
Sustancias Nocivas. Los usuarios que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen,
procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y para los

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