Auto N° 001049 de la Gaceta Ambiental ANLA, 04-03-2024 - Normativa - VLEX 1027275669

Auto N° 001049 de la Gaceta Ambiental ANLA, 04-03-2024

Número de auto administrativo001049
Fecha04 Marzo 2024
Fecha de publicación15 Marzo 2024
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 001049
(04 MAR. 2024)
Página 1 de 15
“POR EL CUAL SE ORDENA EL INICIO DE UN PROCEDIMIENTO
SANCIONATORIO AMBIENTAL”
La Coordinadora del Grupo de Actuaciones Sancionatorias Ambientales
adscrito a la
Oficina Asesora Jurídica de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
– ANLA
En uso de las facultades legales establecidas en las Leyes 99 de 1993 y 1333 del
21 de julio de 2009, así como de las conferidas por el Decreto - Ley 3573 de 2011
y Decreto 376 de 2020, y las asignadas en la Resolución No 2814 del 04 de
diciembre de 20231, y de la Resolución No. 2829 del 05 de enero de 20232, y
CONSIDERANDO QUE
La Constitución Política de Colombia establece el derecho de todas las personas a
gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger su diversidad e
integridad (art. 79), planificando “el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o
sustitución” además de “prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental,
imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados”.
La Carta Política señala como obligación del Estado y de las personas, el proteger
las riquezas culturales y naturales de la Nación (art. 8 CN), los recursos culturales
y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano (art. 95. num.
8) y determina (Art. 58) que “la propiedad es una función social que implica
obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica”.
La Ley 1333 de 2009 “por la cual se establece el procedimiento sancionatorio
ambiental y se dictan otras disposiciones”, determina la titularidad de la potestad
1 Por a cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, se asignan sus
funciones y se dictan otras disposiciones
2 “Por la cual se designa Coordinador del Grupo de Actuaciones Sancionatorias Ambientales de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales – ANLA”

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