AUTO N° 00127 de la Gaceta Ambiental ANLA, 21-01-2021 - Normativa - VLEX 873834670

AUTO N° 00127 de la Gaceta Ambiental ANLA, 21-01-2021

Fecha de publicación26 Enero 2021
Número de resolución00127
Número de expedienteVAR0035-00
Fecha21 Enero 2021
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00127
( 21 de enero de 2021 )
“Por el cual se inicia trámite administrativo de renovación y modificación de
un permiso de vertimientos y se adoptan otras decisiones”
LA SUBDIRECTORA DE EVALUACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En uso de sus facultades legales establecidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto
11 de marzo de 2020, Resolución 1922 de 25 de octubre de 2018, la Resolución
423 de 12 de marzo de 2020, y la Resolución 468 del 19 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 295 de 20 de febrero de 2007, el entonces Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, asumió temporalmente el conocimiento,
actual y posterior, de los asuntos de la Corporación Autónoma Regional del Cesar -
CORPOCESAR, relacionados con las licencias ambientales, los planes de manejo
ambiental, los permisos, las concesiones y demás autorizaciones ambientales de
los proyectos carboníferos que se encuentran en el centro del Departamento de
Cesar, en particular de los Municipios de la Jagua de Ibiríco, El Paso, Becerril,
Chiriguaná, Agustín Codazzi y Tamalameque, para su evaluación, control y
seguimiento ambiental, hasta tanto determine que se han adoptado los mecanismos
que aseguren el manejo integral y armónico de la problemática ambiental asociada
a los proyectos de minería en la zona centro del departamento del Cesar, en virtud
de la facultad selectiva y discrecional consagrada en el numeral 16 del artículo 5 de
Que mediante Resolución 378 del 07 de abril de 2016, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales- ANLA, otorgó permiso de vertimientos de las aguas
residuales no domésticas procedentes del pit de explotación y de escorrentía
generadas en los botaderos de estériles denominados E2, E3 y W3, ubicados en la
zona sur de la mina Pribbenow sobre el cauce de la sección realineada No.4 del
Arroyo San Antonio, por el término de cinco (5) años contados a partir de la
ejecutoria de dicho acto administrativo
Que por medio del escrito con radicación ANLA 2020125024-1-000 del 4 de agosto
de 2020, la sociedad DRUMMOND LTD., solicitó ante la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales –ANLA, la renovación y modificación del permiso de

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